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MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 1185/2021

DECAD-2021-1185-APN-JGM - Licitación Pública N° 80-0034-LPU21.

Ciudad de Buenos Aires, 06/12/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-24477205-APN-DCYC#MS y los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016 y sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el Visto, tramita la Licitación Pública N° 80-0034-LPU21 del MINISTERIO DE SALUD, autorizada por Resolución N° 1927 del 8 de julio de 2021 del citado Ministerio, llevada a cabo para la adquisición conjunta del medicamento Factor VIII para el tratamiento de la Hemofilia tipo A, solicitada por la DIRECCIÓN DE COBERTURAS DE MEDICAMENTOS ESPECIALES Y DE ALTO PRECIO dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS Y TECNOLOGÍA SANITARIA del referido Ministerio, para cubrir la demanda del INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, el INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS, la POLICIA FEDERAL ARGENTINA y la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD.

Que conforme el Acta de Apertura de Ofertas del 22 de julio de 2021 se recibieron las ofertas de las firmas TAKEDA ARGENTINA S.A. y BIOFACTOR S.A.

Que obra intervención e Informe Técnico de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN informó que, de conformidad con lo establecido en el artículo 4º del Anexo I de la Resolución SIGEN Nº 36-E/2017, no resulta factible determinar precios testigo para el presente proceso.

Que la DIRECCION NACIONAL DE COMPRE NACIONAL Y PROGRAMA DE DESAROLLO DE PROVEEDORES, dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO analizó el Acuerdo de Cooperación Productiva presentado por la firma TAKEDA ARGENTINA S.A. y determinó que la propuesta se enmarca en las categorías indicadas en el artículo 25 del Anexo al Decreto N° 800/18.

Que la DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS ESPECIALES Y ALTO PRECIO del MINISTERIO DE SALUD elaboró el correspondiente Informe Técnico referido a la oferta de la firma TAKEDA ARGENTINA S.A., en donde determinó el cumplimiento, por parte de la misma, de las Especificaciones Técnicas requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado.

Que la Comisión Evaluadora del MINISTERIO DE SALUD informó que la firma BIOFACTOR S.A. no cumplimentó en tiempo y forma con la presentación del Acuerdo de Cooperación Productiva (ACP) establecido en los puntos 20.7. y 23. del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que la mencionada Comisión, en función de los análisis administrativos, económicos, financieros y técnicos preliminares y la documentación obrante en las actuaciones, recomendó la adjudicación de la única oferta válida perteneciente a la firma TAKEDA ARGENTINA S.A. para los renglones 1, 2, 3 y 4.

Que la Dirección de Compras y Contrataciones del MINISTERIO DE SALUD informó que no se produjeron impugnaciones al Dictamen de Evaluación de Ofertas.

Que, por lo expuesto, procede adjudicar la presente Licitación Pública N° 80-0034-LPU21 del MINISTERIO DE SALUD, de conformidad con lo expuesto en el referido Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 15 de septiembre de 2021.

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 de la Disposición N° 62 E/2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, el INSTITUTO OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS, la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, el INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS y la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, todos ellos en su carácter de financiadores participantes, certificaron la disponibilidad de los créditos presupuestarios correspondientes, para el sostenimiento de la presente adquisición.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344 del 4 de octubre de 2007, sus modificatorios y complementarios y lo dispuesto por el artículo 9°, incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la Licitación Pública N° 80-0034-LPU21 del MINISTERIO DE SALUD llevada a cabo para la adquisición conjunta del medicamento Factor VIII para el tratamiento de la Hemofilia tipo A, solicitada por la DIRECCIÓN DE COBERTURAS DE MEDICAMENTOS ESPECIALES Y DE ALTO PRECIO dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS Y TECNOLOGÍA SANITARIA del referido Ministerio, para cubrir la demanda del INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, el INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS, la POLICIA FEDERAL ARGENTINA y la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD.

ARTÍCULO 2°.- Desestimase la oferta presentada por la firma BIOFACTOR S.A. para la licitación que se aprueba por el artículo 1° de la presente decisión administrativa, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente medida.

ARTICULO 3°.- Adjudícase la Licitación Pública N° 80-0034-LPU21, a favor de la firma TAKEDA ARGENTINA S.A. para el renglón 1 por un total de TRES MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL (3.975.000) unidades, renglón 2 por un total de CINCUENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTAS CINCUENTA MIL (59.950.000) unidades, renglón 3 por un total de CUATRO MILLONES CUATRO CIENTAS CINCUENTA Y DOS MIL (4.452.000) unidades y renglón 4 por un total de CINCUENTA Y CINCO MILLONES CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL (55.149.000) unidades, por la suma total de PESOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($ 1.239.965.344).

ARTÍCULO 4°.- Autorízase al INSTITUTO OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS, a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, a la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS y la POLICIA FEDERAL ARGENTINA a emitir las correspondientes órdenes de compra, según corresponda.

ARTÍCULO 5°.- Establécese que el gasto total de la presente Licitación Pública N° 80-0034-LPU21 que asciende a la suma total de PESOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($ 1.239.965.344) el que será atendido de acuerdo a las partidas presupuestarias aprobadas por los distintos financiadores participantes.

ARTÍCULO 6°.- Autorízase la ampliación, disminución, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades a los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes respecto de la contratación que por este acto se aprueba, quedando facultados las máximas autoridades de cada uno de los financiadores participantes a dictar los actos administrativos que resulten necesarios para la instrumentación operativa de la autorización otorgada por el presente artículo.

ARTÍCULO 7°.- Hágase saber que contra la presente medida se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Carla Vizzotti

e. 09/12/2021 N° 94713/21 v. 09/12/2021

Fecha de publicación 09/12/2021