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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 1505/2021

RESOL-2021-1505-APN-INCAA#MC

Ciudad de Buenos Aires, 06/12/2021

VISTO el EX-2021-117263533-APN-GCYCG#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos Nº 1536 del 28 de agosto de 2002 y Nº 90 del 20 de enero de 2020 y las Resoluciones INCAA Nº 1, de fecha 2 de enero de 2017, y sus modificatorias, y N° 65, de fecha 12 de enero de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias en su artículo 1° pone a cargo del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en el territorio de la República Argentina y de la actividad cinematográfica nacional en el exterior, asignándole la facultad de otorgar subsidios a la producción cinematográfica nacional como así también la de adoptar otras medidas de fomento según las necesidades particulares de los distintos tipos de producciones.

Que a esos efectos, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES dictó en fecha 2 de enero de 2017 la Resolución INCAA N° 1/2017, aprobando el RÉGIMEN GENERAL DE FOMENTO vigente.

Que el citado Régimen contempla la presentación de proyectos bajo la modalidad de VENTANILLA CONTINUA.

Que la acreditación de antecedentes para presentar proyectos según la norma citada requiere reunir un puntaje mínimo para cada rubro y para cada proyecto con un mínimo exigido de acuerdo a parámetros establecidos en la propia norma.

Que en las difíciles circunstancias que atraviesa la producción cinematográfica nacional resulta aconsejable que las diferencias de puntajes entre los proyectos presentados no sean vinculantes sino solo indicativas.

Que debe adoptarse Resolución al respecto.

Que las Gerencias General y de Asuntos Jurídicos y la Subgerencia de Fomento a la Producción Audiovisual han tomado la intervención que les compete.

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge de la Ley 17.741 (t.o. 2001) y los Decretos N° 1536/2002 y 90/2020.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Incorporar como ARTÍCULO 79 del Anexo I de la Resolución INCAA Nº 1/2017 lo siguiente: “Se establece que el sistema de puntajes establecido en el presente reglamento no será vinculante sino que solo gozará de carácter indicativo para los Comités actuantes, cuyos integrantes ponderarán a su criterio la paridad de género y la representación federal en los equipos, las películas realizadas con anterioridad, la participación en festivales internacionales y los premios obtenidos en los rubros artísticos o técnicos. En consecuencia se tendrá como no aplicable toda aquella expresión que en el presente reglamento contradiga lo expresado en el presente artículo.”

ARTÍCULO 2°.- Incorporar como ARTÍCULO 80 del Anexo I de la Resolución INCAA Nº 1/2017 lo siguiente: “Las personas jurídicas y humanas que registren deudas en mora no podrán presentar, en su rol de productores/as, proyectos bajo este Régimen.”

ARTÍCULO 3°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Luis Adalberto Puenzo

e. 09/12/2021 N° 94602/21 v. 09/12/2021

Fecha de publicación 09/12/2021