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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD AGENCIA NACIONAL DE LABORATORIOS PÚBLICOS

Disposición 75/2021

DI-2021-75-APN-ANLAP#MS

Ciudad de Buenos Aires, 30/11/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-113947638-APN-ANLAP#MS, la Ley Nº 27113 y su Decreto reglamentario Nº 795/2015, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios, N° 328 de fecha 31 de marzo de 2020 y las Decisiones Administrativas Nros. 1661 de fecha 9 de septiembre de 2020, 237 de fecha 18 de marzo de 2021 , 290 de fecha 31 de marzo de 2021, 320 de fecha 7 de abril de 2021 modificada por su similar 412 de fecha 27 de abril de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las Decisiones Administrativas Nros. 237 de fecha 18 de marzo de 2021 , 290 de fecha 31 de marzo de 2021, 320 de fecha 7 de abril de 2021 modificada por su similar 412 de fecha 27 de abril de 2021 fueron designadas transitoriamente y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, las personas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, conforme a los cargos que allí se consignan, en diversas dependencias de la AGENCIA NACIONAL DE LABORATORIOS PÚBLICOS, autorizándose los correspondientes pagos del suplemento por Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del citado Convenio.

Que por la Decisión Administrativa Nº 1661 de fecha 9 de septiembre de 2020 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la AGENCIA NACIONAL DE LABORATORIOS PÚBLICOS, Organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que por el Decreto N° 328 de fecha 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas, sin que las mencionadas prórrogas puedan exceder el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días.

Que razones operativas hacen necesario prorrogar las designaciones transitorias de los funcionarios detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, y que actualmente se encuentran desempeñando los cargos que allí se consignan.

Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario.

Que las áreas de Recursos Humanos y de Contabilidad y Presupuesto de la Dirección Legal y Administrativa han producido las intervenciones de sus respectivas competencias.

Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por por la Ley Nº 27.113 y su Decreto reglamentario N° 795/15, el Decreto Nº 284/2021 y el artículo 1° del Decreto N° 328/20.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA AGENCIA NACIONAL DE LABORATORIOS PÚBLICOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Danse por prorrogadas y prorróguense, según corresponda, las designaciones transitorias de las personas que se detallan en el Anexo (DI-2021-114021205-APN-ANLAP#MS) que forma parte integrante de la presente medida, a partir de las fechas que allí se consignan y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en idénticas condiciones a las dispuestas respectivamente por las Decisiones Administrativas Nros. 237 de fecha 18 de marzo de 2021 , 290 de fecha 31 de marzo de 2021, 320 de fecha 7 de abril de 2021 modificada por su similar 412 de fecha 27 de abril de 2021, autorizándose los correspondientes pagos del suplemento por Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del citado Convenio.

ARTÍCULO 2°.- Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme a los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV, y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la AGENCIA NACIONAL DE LABORATORIOS PÚBLICOS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N° 27.591.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en orden a lo dispuesto por el Artículo 2° del Decreto N° 328 de fecha 31 de marzo de 2020.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Ana Lia Allemand

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/12/2021 N° 94837/21 v. 09/12/2021

Fecha de publicación 09/12/2021