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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 852/2021

RESOL-2021-852-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 09/12/2021

Visto los expedientes EX-2021-79859695-APN-DGDA#MEC, y EX-2021-80815131-APN-DGDA#MEC, EX-2021-80813927-APN-DGDA#MEC, EX-2021-80816267-APN-DGDA#MEC, EX-2021-80822224-APN-DGDA#MEC, EX-2021-80821484-APN-DGDA#MEC, EX-2021-80824741-APN-DGDA#MEC, EX-2021-81081675-APN-DGDA#MEC, EX-2021-82047420-APN-DGDA#MEC y EX-2021-83628678-APN-DGDA#MEC, todos ellos en tramitación conjunta, y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente citado en primer término en el Visto tramitó la resolución 746 del 9 de noviembre de 2021 del Ministerio de Economía (RESOL-2021-746-APN-MEC), mediante la cual se dieron por prorrogadas las designaciones transitorias y/o últimas prórrogas de funcionarias/os en el Ministerio de Economía, por un plazo de ciento ochenta (180) días.

Que por un error material e involuntario en dicha resolución se consignó el año 2020 en la cita de los anexos I (IF-2020-91206045-APN-DGRRHH#MEC), II (IF-2020-91204612-APN-DGRRHH#MEC) y III (IF-2020-91204410-APN-DGRRHH#MEC) de los artículos 1°, 2° y 3°, respectivamente, por lo que corresponde rectificar la cita de los años en cuestión.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta de acuerdo con lo establecido en el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 – T.O. 2017.

Por ello:

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Rectifícase la cita del año 2020 consignada en los anexos I (IF-2020-91206045-APN-DGRRHH#MEC), II (IF-2020-91204612-APN-DGRRHH#MEC) y III (IF-2020-91204410-APN-DGRRHH#MEC) de los artículos 1°, 2° y 3°, respectivamente, de la resolución 746 del 9 de noviembre de 2021 del Ministerio de Economía (RESOL-2021-746-APN-MEC); reemplazándola por “anexo I (IF-2021-91206045-APN-DGRRHH#MEC)”; “anexo II (IF-2021-91204612-APN-DGRRHH#MEC)” y “anexo III (IF-2021-91204410-APN-DGRRHH#MEC)”, por los motivos expuestos en los considerandos de esta medida.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Martín Guzmán

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 13/12/2021 N° 95454/21 v. 13/12/2021

Fecha de publicación 13/12/2021