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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE HACIENDA

Resolución 207/2021

RESOL-2021-207-APN-SH#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 14/12/2021

Visto el expediente EX-2021-111105812-APN-DGDA#MEC, la ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), el decreto 1344 del 4 de octubre de 2007, y la resolución 137 del 3 de noviembre de 2020 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía (RESOL-2020-137-APN-SH#MEC), y

CONSIDERANDO:

Que en el artículo 130 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), se establece que el Estado Nacional a través del Ministerio de Economía podrá implementar un programa para asistir a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con financiamiento para la atención del déficit financiero y para regularizar atrasos de tesorería en concepto de salarios y servicios esenciales, de acuerdo con sus posibilidades financieras.

Que asimismo, mediante el artículo 131 de la ley citada en el considerando precedente, se faculta al Ministerio de Economía para modificar las condiciones de las deudas que mantienen las Jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el Estado Nacional, el que en cada oportunidad determinará de acuerdo con las posibilidades financieras del Estado Nacional, las deudas de que se trate, pudiendo acordar quita, espera, remisión y novación de deudas, tanto de capital como de intereses, así como atender a su vencimiento las obligaciones que en cada caso se determinen cuando hubieran sido contraídas originalmente con garantía del Estado Nacional.

Que a través del artículo 1º de la resolución 137 del 3 de noviembre de 2020 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía (RESOL-2020-137-APN-SH#MEC), se aprobó el “Marco Conceptual del Circuito de Cobranzas del Tesoro Nacional (COTENA) del Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF)” para recursos de origen no tributario, de aplicación a los procesos comprendidos en este y para las áreas intervinientes alcanzadas por la citada medida.

Que el mencionado marco conceptual sintetiza y define las funcionalidades del circuito COTENA dentro del Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF) y tiene por objetivo la incorporación de nuevos conceptos y el diseño de comprobantes para una mejor calidad en la gestión y posterior explotación de la información.

Que con el propósito de ampliar la funcionalidad de ese marco conceptual, se propicia la aprobación de los Comprobantes de Gestión Antecedente de Asistencia Financiera (ANT-ASF) y Solicitud de Cobranza de Asistencia Financiera (SOC-ASF).

Que resulta necesario establecer el tratamiento que deberá dispensarse a aquellos programas de asistencia financiera vigentes, cuya gestión de recupero se encuentra parcialmente realizada.

Que corresponde facultar a la Tesorería General de la Nación y a la Contaduría General de la Nación, ambas dependientes de la Subsecretaría de Presupuesto de esta secretaría, para realizar las modificaciones en los comprobantes y descriptivos de gestión aprobados en esta resolución, como así también para el dictado de las normas complementarias, aclaratorias e interpretativas a que hubiere lugar y el establecimiento de procedimientos de contingencia que fueren necesarios.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en virtud de las facultades previstas en el artículo 6º de la ley 24.156 y el artículo 6° del anexo al decreto 1344 del 4 de octubre de 2007.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébanse los Comprobantes de Gestión, que como anexos se indican a continuación e integran esta resolución:

Anexo I “Comprobante de Gestión Antecedente de Asistencia Financiera (ANT-ASF)” (IF-2021-119516469-APN-TGN#MEC).

Anexo II “Comprobante de Gestión Solicitud de Cobranza de Asistencia Financiera (SOC-ASF)” (IF-2021-119503329-APN-TGN#MEC).

ARTÍCULO 2º.- Los Comprobantes de Gestión indicados en el artículo precedente, forman parte del “Marco Conceptual del Circuito de Cobranzas del Tesoro Nacional (COTENA) del Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF)” aprobado mediante el artículo 1° de la resolución 137 del 3 de noviembre de 2020 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía (RESOL-2020-137-APN-SH#MEC).

ARTÍCULO 3°.- La carga inicial en el COTENA e-Sidif, de los programas de asistencia financiera vigentes y en gestión de recupero, será efectuada por medio de la generación de los Comprobantes de Gestión ANT-ASF correspondientes, que reflejen las condiciones y el saldo pendiente al 31 de diciembre de 2021. Las cuotas cuyos vencimientos operen a partir del mes de enero de 2022, serán gestionados mediante la emisión de los Comprobantes de Gestión SOC-ASF observando para ello, el procedimiento previsto en esta medida.

ARTÍCULO 4°.- Facúltase a la Tesorería General de la Nación y a la Contaduría General de la Nación, ambas dependientes de la Subsecretaría de Presupuesto de esta secretaría, a realizar las modificaciones en los comprobantes y descriptivos de gestión aprobados en esta resolución, como así también para el dictado de las normas complementarias, aclaratorias e interpretativas a que hubiere lugar, y establecer los procedimientos de contingencia que fueren necesarios.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Raul Enrique Rigo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/12/2021 N° 97259/21 v. 16/12/2021

Fecha de publicación 16/12/2021