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25 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE FLORENCIO VARELA, ARROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. Nº 317/03.

– RES. 671 – 2009 PG-

ARTÍCULO 1.- EL SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE FLORENCIO VARELA, Entidad Sindical de Primer Grado que, con carácter permanente, fuera fundada el día 14 de julio de 1949, agrupa a todos los trabajadores municipales que presten servicios en relación de dependencia, en Planta Permanente, Transitoria, como Contratados o en cualquier otro carácter, en la Municipalidad de Florencio Varela, Provincia de Buenos Aires, a efectos de actuar por cuenta y en representación de los mismos para alcanzar los fines que en estos Estatutos se enuncian. La Entidad obrará de conformidad con lo prescripto por las disposiciones legales vigentes, con sujeción a lo estatuido en cuerpo normativo, teniendo como ámbito de actuación territorial el Partido de Florencio Varela, estableciéndose como domicilio del Sindicato la calle Presidente Perón N° 776 de Florencio Varela.

ARTICULO 2º: El Sindicato tendrá los fines que a continuación se enuncian:

a) Procurar el mejoramiento de las condiciones de trabajo y de vida de los trabajadores municipales;

b) Propender al mejoramiento de las normas que integran el derecho social, ya sea mediante la concertación de Convenciones colectivas de trabajo o instando y promoviendo la sanción de normas en defensa de los intereses de los trabajadores

c) Propender al desarrollo de la conciencia sindical entre los trabajadores municipales sobre la base de la comprensión de sus derechos y obligaciones fomentando entre ellos el espíritu de solidaridad;

d) Vigilar el estricto cumplimiento por parte de la patronal de las normas que tutelan a los trabajadores municipales;

e) Representar y defender los intereses de sus afiliados ante las autoridades municipales, como así ante toda organización o institución que de acuerdo a su competencia le corresponda;

f) Peticionar y gestionar ante las autoridades municipales la implementación de regímenes de estabilidad y escalafón, y toda otra mejora, servicio o beneficio que tienda a elevar el nivel económico, social, cultural y de seguridad de los afiliados y sus familiares;

g) Estrechar vínculos de solidaridad con las demás asociaciones de trabajadores.

h) Fomentar la capacitación técnica y general de sus afiliados, la difusión, a tal fin de publicaciones de carácter periódico o no, creando o sosteniendo bibliotecas, dictar cursos o conferencias, otorgando becas a sus afiliados;

i) Fomentar la creación y/o mantenimiento de: servicios de medicina asistencial o curativa y servicios de asistencia jurídica gratuita; servicios que posibiliten a sus afiliados la adquisición de viviendas; sistemas que faciliten la obtención de préstamos y la cobertura de riesgos sociales; servicios que procuren la adecuada ocupación del tiempo libre de los trabajadores y su esparcimiento, fomentar la práctica de deportes; servicios para posibilitar el turismo social; campos de deporte y/o recreos; proveedurías de todo tipo (inclusive la de productos farmacéuticos);

j) Coadyuvar a la solución de problemas de los trabajadores en la pasividad, en tanto los mismos sean una consecuencia directa de esa situación;

ARTICULO 39.- La Comisión Directiva estará constituida por veintitrés (23) miembros, con arreglo a la siguientes distribución de cargos: once (11) miembros en funciones de Secretarios que formarán a su vez el Secretariado del Sindicato, y doce (12) vocales titulares. Asimismo se prevé la existencia de doce (12) vocales suplentes, los cuales sólo pasarán a formar parte del cuerpo ante la vacancia de un cargo titular.

ARTICULO 40.- Los miembros de la Comisión Directiva durarán en su mandato cuatro (4) años, pudiendo ser reelectos.

Del Secretariado

ARTICULO 49: El Secretariado del Sindicato estará formado por once (11) miembros, de acuerdo al siguiente detalle:

1) Secretario General

2) Secretario Adjunto

3) Secretario de Finanzas

4) Secretario Gremial

5) Secretario de Organización

6) Secretario Administrativo y de Actas

7) Secretario de Obras y Servicios Sociales

8) Secretario de Previsión Social

9) Secretario de Prensa y Difusión

10) Secretario de Recreación y Deportes

11) Secretario de Mujer y Familia

Jorge Antonio Farias Canteloro, Asistente Técnico, Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales.

e. 16/12/2021 N° 97186/21 v. 16/12/2021

Fecha de publicación 16/12/2021