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AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS

Resolución 161/2021

RESOL-2021-161-APN-ANMAC#MJ

Ciudad de Buenos Aires, 17/12/2021

VISTO el Expediente EX-2021-107965697- -APN-DF#ANMAC, las prescripciones de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, la Ley N° 26.216 y la Ley N° 27.192; el Decreto N° 395 del 20 de febrero de 1975, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.192 crea la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS.

Que corresponde considerar que, conforme lo dispuesto por el artículo 5° inc. 3° de la mencionada norma, corresponde a la ANMaC efectuar la destrucción, con carácter exclusivo y excluyente en todo el territorio nacional, de todo material controlado en el marco de las leyes Nros. 20.429, 26.216 sus complementarias, modificatorias y prórrogas.

Que, en concordancia con ello, el art. 5 inc. 4 de la Ley N° 27.192 faculta a la ANMaC a determinar los métodos y procedimientos de destrucción de materiales controlados garantizando su eficacia, eficiencia y sustentabilidad en relación con el medio ambiente.

Que el MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN ha efectuado la entrega para su destrucción a esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS de QUINIENTAS OCHENTA Y CUATRO (584) armas de fuego, que han sido entregadas por la División Armamento y Municiones de la Policía Federal Argentina, en los términos del artículo 70 del Anexo I al Decreto N° 395/75, reglamentario de la Ley N° 20.429 dado que las mismas en condiciones deficientes de uso y conservación, resultando irrecuperables y no existiendo posibilidad de reparación.

Que, en virtud de lo expuesto, con la documentación obrante en su poder, esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS puede proceder a la destrucción por trituración de QUINIENTAS OCHENTA Y CUATRO (584) armas de fuego armas de fuego.

Que la Coordinación de Control Registral, las Direcciones de Fiscalización y de Asuntos Jurídicos de esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 20.429, 26.216 y 27.192 y el Decreto N° 496/2021.

Por ello,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Procédase a la destrucción por TRITURACION y FUNDICION de QUINIENTAS OCHENTA Y CUATRO (584) armas de fuego, entregadas por la División Armamento y Municiones de la Policía Federal Argentina, cuyo detalle obra en el Anexo I que se agrega como IF-2021-122595221-APN-DCGRYD#ANMAC, formando parte integrante de la presente.

ARTICULO 2°.- Ordénese a la Dirección de Fiscalización a destacar personal debidamente facultado para el acto, a fin de participar del procedimiento de destrucción, labrando las actas pertinentes.

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Natasa Loizou

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 20/12/2021 N° 98422/21 v. 20/12/2021

Fecha de publicación 20/12/2021