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AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS

Resolución 163/2021

RESOL-2021-163-APN-ANMAC#MJ

Ciudad de Buenos Aires, 17/12/2021

VISTO el Expediente EX-2021-107062310- -APN-DF#ANMAC, las prescripciones de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, la Ley N° 26.216 y la Ley N° 27.192; el Decreto N° 395 del 20 de febrero de 1975, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.192 crea la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS.

Que corresponde considerar que, conforme lo dispuesto por el artículo 5° inc. 3° de la mencionada norma, corresponde a la ANMaC efectuar la destrucción, con carácter exclusivo y excluyente en todo el territorio nacional, de todo material controlado en el marco de las leyes Nros. 20.429, 26.216 sus complementarias, modificatorias y prórrogas.

Que, en concordancia con ello, el art. 5 inc. 4 de la Ley N° 27.192 faculta a la ANMaC a determinar los métodos y procedimientos de destrucción de materiales controlados garantizando su eficacia, eficiencia y sustentabilidad en relación con el medio ambiente.

Que el MINISTERIO DE SEGURIDAD - POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE ha efectuado la entrega para su destrucción a esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS de MIL SEISCIENTOS CINCUENTA (1.650) armas de fuego, que han sido entregadas en los términos del artículo 70 del Anexo I al Decreto N° 395/75, reglamentario de la Ley N° 20.429 dado que las mismas se encuentran en estado no operativas y obsoletas y que se encuentran detalladas en el ME-2021-102320089-APN-DF#ANMAC.

Que efectuados los controles registrales pertinentes se ha detectado la existencia de material que posee pedido de secuestro, sumando un total de 29 y, que en consecuencia, deberá reservarse.

Que, en virtud de lo expuesto, con la documentación obrante en su poder, esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS puede proceder a la destrucción por trituración de MIL SEISCIENTOS VEINTIUNO (1.621) armas de fuego armas de fuego.

Que la Coordinación de Control Registral, las Direcciones de Fiscalización y de Asuntos Jurídicos de esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 20.429, 26.216 y 27.192 y el Decreto N° 496/2021.

Por ello,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Procédase a la destrucción por TRITURACION y FUNDICION de MIL SEISCIENTOS VEINTIÚN (1.621) armas de fuego, entregadas por el MINISTERIO DE SEGURIDAD - POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, cuyo detalle obra en el Anexo I que se agrega como IF-2021-122558070-APN-DCGRYD#ANMAC, formando parte integrante de la presente.

ARTICULO 2°.- Resérvese la cantidad de VEINTINUEVE (29) armas de fuego –en razón de contar con pedido de secuestro vigente-, cuyo detalle obra en el Anexo II identificado como IF-2021-122560655-APN-DCGRYD#ANMAC, que se agrega formando parte integrante de la presente.

ARTICULO 3°.- Ordénese a la Dirección de Fiscalización a destacar personal debidamente facultado para el acto, a fin de participar del procedimiento de destrucción, labrando las actas pertinentes.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Natasa Loizou

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 20/12/2021 N° 98419/21 v. 20/12/2021

Fecha de publicación 20/12/2021