Edición del
19 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD

Resolución 820/2021

RESOL-2021-820-APN-MMGYD

Ciudad de Buenos Aires, 15/12/2021

VISTO, el expediente N° EX-2021-116754848-APN-CGD#MMGYD, el Decreto N° 7/2019, modificatorio de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. 1992), el Decreto N° 50/2019, la Resolución N° 29/2020 de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 se suprimió el ex INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES y se creó el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD como respuesta al compromiso asumido respecto a los derechos de las mujeres y diversidades, frente a toda forma de discriminación y violencia, en pos de la construcción de una sociedad más igualitaria que promueva la autonomía integral de todas las personas, sin establecer jerarquías entre las diversas orientaciones sexuales, identidades o expresiones de género, siendo estos objetivos prioritarios de gobierno.

Que, entre las competencias establecidas por el mencionado Decreto en su artículo 23 ter al MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD se encuentra la de entender en la articulación de acciones con actores del sector público, privado y organizaciones de la sociedad civil en materia de políticas de género, igualdad y diversidad (cfr. inciso 7) y la de entender y coordinar con otras áreas de gobierno y jurisdicciones el diseño e implementación de campañas de comunicación y cultura destinadas a la visibilización de las problemáticas de género, igualdad y diversidad (cfr. inciso 11).

Que en igual sentido, la SUBSECRETARÍA DE FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y POLÍTICAS CULTURALES PARA LA IGUALDAD de conformidad con las disposiciones del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 tiene entre sus competencias la de generar campañas para la visibilización de las problemáticas de género y diversidad (cfr. inciso 9).

Que, mediante Resolución N° 29 del 7 de abril del 2020 de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO se le asignó en uso al MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNERO Y DIVERSIDAD el bien inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en la calle Cochabamba N°54, Comuna 1, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENAS AIRES.

Que, ONU Mujeres es la organización de las Naciones Unidas dedicada a promover la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres como defensora mundial de mujeres y niñas. Además, fue establecida para acelerar el progreso que conllevará a mejorar las condiciones de vida de las mujeres y para responder a las necesidades que enfrentan en el mundo.

Que, en fecha 8 de agosto de 2016 la República Argentina y ONU Mujeres, firmaron una Carta de Intención con la finalidad de establecer una oficina de ONU Mujeres en Argentina y así expandir sus esfuerzos a favor de la igualdad de género, el empoderamiento económico, la promoción del liderazgo y participación femenina en el sector político, la erradicación de la violencia contra las mujeres y la ejecución de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

Que, en ese marco, desde el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, con el apoyo de ONU Mujeres se propicia la creación del concurso “Un Ministerio de-para las mujeres y LGBTI+”, con el objetivo de reunir ideas y propuestas innovadoras para intervenir estéticamente desde disciplinas artísticas, paisajísticas, urbanísticas, del diseño, ambientales y culturales, el nuevo edificio mencionado.

Que la convocatoria tiene por objetivo visibilizar el trabajo de artistas mujeres o LGBTI+, a través de la selección de ideas culturales para intervenir el edificio y su futura realización. Así, persigue el fin de incorporar creaciones populares dentro de la sede de este Ministerio materializando el concepto de “Un Ministerio de-para las mujeres y LGBTI+”.

Que, a su vez, la convocatoria es abierta y especialmente dirigida a mujeres y LGBTI+ que quieran participar de manera individual o colectiva. Está destinada a artistas visuales y plásticos/as, diseñadores/as, productores/as culturales, arquitectos/as, paisajistas, entre otras disciplinas.

Que, a los efectos de facilitar la instrumentación del concurso, la SUBSECRETARÍA DE FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y POLÍTICAS CULTURALES PARA LA IGUALDAD será la autoridad de aplicación e interpretación de sus bases y condiciones, encontrándose facultada para dictar las normas de carácter operativo o interpretativo que resulten necesarias para su implementación.

Que el presente Concurso será financiado por ONU Mujeres tanto en la entrega de premios de las/os ganadoras/es, como la realización de la obra, por lo cual, no implica erogación presupuestaria para el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD.

Que, por su parte, quienes ganen serán responsables de la realización de su obra que será financiada con el premio entregado por ONU Mujeres.

Que, la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas por el artículo 4° inciso b punto 6 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorios)

LA MINISTRA DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Apruébase la creación del Concurso “Un Ministerio de-para las mujeres y LGBTI+” cuyo objetivo es visibilizar el trabajo de artistas mujeres o LGBTI+, a través de la selección de ideas culturales para intervenir e incorporar creaciones populares dentro de la sede del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, conforme a los “Lineamientos Generales” que como Anexo I en IF-2021-121202378-APN-SSFIYPCI#MMGYD forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el ANEXO II, registrado bajo el número IF-2021-121202702-APN-SSFIYPCI#MMGYD que forma parte integrante de la presente “Espacios destinados a la intervención dentro del edificio del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación”, el ANEXO III registrado bajo el número IF-2021-121202925-APN-SSFIYPCI#MMGYD que forma parte integrante de la presente “Declaración jurada de autoría de los proyectos”, el ANEXO IV registrado bajo el número IF-2021-121203498-APN-SSFIYPCI#MMGYD que forma parte integrante de la presente “Formulario de participación y presentación del Proyecto” y el ANEXO V registrado bajo el número IF-2021-121203851-APN-SSFIYPCI#MMGYD que forma parte integrante de la presente “Términos y condiciones”.

ARTÍCULO 3°.- Establécese como fecha de apertura del concurso aprobado por el artículo 1° el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial. .

ARTÍCULO 4°.- La SUBSECRETARÍA DE FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y POLÍTICAS CULTURALES PARA LA IGUALDAD será la autoridad de aplicación e interpretación del presente concurso, aprobado en el artículo 1°, encontrándose facultada para dictar las normas de carácter operativo o interpretativo que resulten necesarias para su implementación.

ARTÍCULO 5°.- La presente medida no implica erogación presupuestaria alguna para el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.

Elizabeth Gómez Alcorta

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 20/12/2021 N° 98069/21 v. 20/12/2021

Fecha de publicación 20/12/2021