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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS ADUANA BUENOS AIRES

Disposición 632/2021

DI-2021-632-E-AFIP-DIABSA#SDGOAM

Ciudad de Buenos Aires, 21/12/2021

VISTO lo dispuesto en los Art. 417 siguientes y concordantes del Código Aduanero, lo actuado en la Causa “JUKI S.A.C.I.F.I.A. s/pedido de propia quiebra s/incidente de venta de bienes en General Pacheco. Tigre, Provincia de Buenos Aires” Expte. 31246/2018/7 del registro del Juzgado Nacional de 1ra. Instancia en lo Comercial N° 8 Secretaría N° 16 sobre la cual tramitó el “Incidente Nº 7 - INCIDENTISTA: DE BIENES EN GENERAL PACHECO-TIGRE-PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y OTROS PRESUNTO FALLIDO: JUKI S.A.C.I.F.I.A. s/INCIDENTE DE VENTA”, el EX-2021-01521781-AFIP-SEGSRE#SDGOAM y,

CONSIDERANDO

Que la mercadería objeto de la presente ingresó al país amparada por los conocimientos de embarque CHSHA SGH61BUE707208 (17001MANI181585H y CHSHA SGH61BUE707898 (17001MANI186707X)

Que sobre los mismos fueron documentadas las destinaciones de importación suspensiva de depósito de almacenamiento 17001IDA4007289Z y 17001IDA4007452X respectivamente.

Que dichas destinaciones recayeron en situación de rezago bajo los manifiestos 18001MARE002026N y 18001MARE002192R.

Que de la verificación realizada sobre el MARE 18001MARE002026N resultó el item 1, Motos año 2017 marca Mondial, modelo TD150L, según detalle en Anexo I.

Que de la verificación realizada sobre el MARE 18001MARE002192R resultó el item 1, Cuatriciclos marca Mondial, modelo FD2005 año 2017, según detalle en Anexo II

Que la mercadería se encuentra verificada y aforada por la División Controles Simultáneos del Departamento Operacional Aduanero conforme constancias obrantes en IF-2021-01522135-AFIP-SEGSRE#SDGOAM.

Que mediante Resolutorio del Juzgado Comercial N° 8, Secretaría N° 16 sobre Incidente N° 7 INCIDENTISTA: DE BIENES EN GENERAL PACHECO-TIGRE-PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y OTROS PRESUNTO FALLIDO: JUKI S.A.C.I.F.I.A. s/INCIDENTE DE VENTA, adjunto en IF-2021-015258691-AFIP-SEGSRE#SDGOAM en orden 3 del EX-2021-01521781- -AFIP-SEGSRE#SDGOAM el Juez dispuso hacer lugar al planteo de AFIP-DGA y ordena la ejecución forzada de los bienes concernientes al expediente en trato.

Que el día 01/12/2021 se informó que el resolutorio mencionado en considerando anterior se encuentra firme.

Que este acto deberá ponerse en conocimiento del Juzgado en forma inmediata antes de la fecha fijada para el acto de subasta, así como el lugar en el cual se llevará a cabo la misma. Asimismo deben guardarse todos y cada uno de los recaudos, cumpliéndose con la previa extracción de fotografía de todo el proceso de embalaje, envoltorio y en su caso de los rótulos que posea la mercadería.

Que la comercialización impulsada, se efectuará en pública subasta, en los términos del convenio celebrado para ello entre la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y el BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES.

Que el 22 de septiembre de 2020 se suscribió una adenda al convenio N° 12/2015 (AFIP) firmado entre la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y el BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, que permite la celebración de subastas públicas bajo la modalidad electrónica través de la plataforma web de la citada entidad bancaria.

Que las condiciones de venta establecidas para el proceso de subasta pública, como así también el catalogo correspondiente con el detalle de los valores base, descripción y fotografías de los bienes. se encontrará disponible para la exhibición correspondiente en la página web https://subastas.bancociudad.com.ar/

Que han tomado intervención la Sección Gestión de Rezagos (DE OPAD) y la División Coordinación de Secuestros y Rezagos de la Dirección Coordinación y Evaluación Operativa Aduanera.

Que la presente se dicta uso de las facultades conferidas por el Decreto 618/97 del 10 de Julio de 1997, DI-2018-101-E-AFIP-AFIP y DI-2020-47-E-AFIP-SDGOAM.

Por ello;

EL PRIMER REEMPLAZO DE LA DIRECCIÓN ADUANA DE BUENOS AIRES

DISPONE:

ARTICULO 1° - Ordenar la venta de la mercadería, en el estado en que se encuentra y exhibe -con la debida antelación y bajo modalidad electrónica, por intermedio del BANCO de la CIUDAD DE BUENOS AIRES, de acuerdo al valor base y con las observaciones que se indican en los Anexos N° IF-2021-01566110-AFIP-DIABSA#SDGOAM y N° IF-2021-01566114-AFIP-DIABSA#SDGOAM, que integran la presente.

ARTICULO 2º - La subasta pública de las mercaderías detallas en Anexo I se efectuará por intermedio del BANCO de la CIUDAD DE BUENOS AIRES, bajo modalidad electrónica, a través de la pagina web https://subastas.bancociudad.com.ar, de acuerdo a los términos y condiciones allí previstos, el día 26 de Enero de 2022.

ARTICULO 3º - La subasta pública de las mercaderías detallas en Anexo II se efectuará por intermedio del BANCO de la CIUDAD DE BUENOS AIRES, bajo modalidad electrónica, a través de la pagina web https://subastas.bancociudad.com.ar, de acuerdo a los términos y condiciones allí previstos, el día 27 de Enero de 2022.

ARTICULO 4° Publicar la presente subasta en el Boletín Oficial de la República Argentina, por el plazo de UN (1) día.

ARTICULO 5° - Comuníquese Cumplido, archívese.

Gustavo Javier Araujo, Consejero Técnico A/C.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 23/12/2021 N° 99582/21 v. 23/12/2021

Fecha de publicación 23/12/2021