Edición del
19 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

Decisión Administrativa 1256/2021

DECAD-2021-1256-APN-JGM - Licitación Pública N° 27-0001-LPU21.

Ciudad de Buenos Aires, 22/12/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-05425922-APN-DPYS#INDEC, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Licitación Pública de Etapa Única Nacional N° 27-0001-LPU21, sin modalidad, del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC), organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, autorizada por la Resolución N° 550 de fecha 31 de agosto de 2021 del referido Ministerio, con el objeto de contratar la provisión de productos y servicios de impresión de cuestionarios censales, kits para censistas; captura, identificación de marcas y caracteres alfanuméricos y entrega de base de datos para ser procesadas por el citado Instituto Nacional para el “Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas de la República Argentina, Ronda 2020” y el “Censo Experimental del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas de la República Argentina, Ronda 2020”.

Que, asimismo, por la mencionada resolución se aprobaron el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas correspondientes a la precitada licitación.

Que se emitieron las Circulares Aclaratorias y Modificatorias al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y al Pliego de Especificaciones Técnicas, las cuales fueron difundidas, comunicadas y publicadas conforme el procedimiento previsto en el artículo 50 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16.

Que del Acta de Apertura de Ofertas de fecha 24 de septiembre de 2021 surge la presentación de las ofertas de las firmas KOLLOR PRESS IMPRESORA DE PUBLICACIONES Y EDICIONES S.A., BOLDT IMPRESORES S.A., SU PAPEL S.A. y ARCÁNGEL MAGGIO S.A.

Que la GERENCIA DE PROYECTOS ESPECIALES de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) observó que el servicio solicitado deviene específico atento que no resulta de uso común y presenta particulares características técnicas, entre las cuales caben destacar la preparación de la solución técnica y tecnológica para el proceso de impresión y para la captura de datos e interpretación de imágenes de las cédulas censales y la preparación de las bases de imágenes y datos finales, entre otras cuestiones.

Que, en ese contexto, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN destacó que, en virtud de lo establecido en el artículo 3º, inciso e) del Anexo I de la Resolución SIGEN Nº 36/17 y sus modificatorias, las compras de bienes y contrataciones de servicios que no respondan a las condiciones de “normalizados o de características homogéneas” o “estandarizados o de uso común” se encuentran excluidas del Control de Precios Testigo, sin distinción del procedimiento de selección empleado por el contratante.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE ESTADÍSTICAS SOCIALES Y DE POBLACIÓN, la DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y la DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA OPERATIVA, todas ellas dependientes del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC) elaboraron el correspondiente Informe Técnico referido a las ofertas presentadas.

Que la Comisión Evaluadora, en función de los análisis administrativos, económicos, financieros y técnicos preliminares y la documentación obrante en las actuaciones, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 4 de noviembre de 2021, mediante el cual recomienda adjudicar los renglones Nros. 1 y 2 de la precitada licitación a la firma KOLLOR PRESS IMPRESORA DE PUBLICACIONES Y EDICIONES S.A., por ser su oferta administrativamente admisible, económicamente conveniente y cumplir con lo solicitado en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, y otorgar el Orden de Mérito N° 2 a la oferta presentada por BOLDT IMPRESORES S.A.

Que, asimismo, mediante el referido Dictamen se recomienda desestimar las ofertas de las firmas SU PAPEL S.A. y ARCÁNGEL MAGGIO S.A. por no cumplir con lo solicitado en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.

Que contra el citado Dictamen de Evaluación de Ofertas, la firma BOLDT IMPRESORES S.A. procedió a impugnar el mismo en tiempo y forma.

Que las impugnaciones formuladas por la BOLDT IMPRESORES S.A. con relación a la oferta presentada por KOLLOR PRESS IMPRESORA DE PUBLICACIONES Y EDICIONES S.A. refieren a supuestos incumplimientos respecto a las formalidades en la documentación presentada y a las presuntas faltas de solvencia financiera y experiencia en actividades similares a las del objeto de la licitación en cuestión.

Que, en virtud de lo expuesto, la DIRECCIÓN NACIONAL DE ESTADÍSTICAS SOCIALES Y DE POBLACIÓN, la DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y la DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA OPERATIVA, todas ellas dependientes del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC) elaboraron un Informe Técnico, sugiriendo el rechazo de la impugnación presentada por BOLDT IMPRESORES S.A. en todos sus términos, toda vez que los presuntos defectos documentales fueron subsanados en su totalidad por KOLLOR PRESS IMPRESORA DE PUBLICACIONES Y EDICIONES S.A., y que dicho oferente cuenta con la solvencia y experiencia técnica necesaria para llevar a cabo las actividades objeto de la precitada Licitación.

Que la Dirección de Programación y Control Presupuestario del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC) ha verificado la existencia de crédito para afrontar el gasto emergente de la presente contratación.

Que los servicios jurídicos permanentes del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC) y del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344 del 4 de octubre de 2007, sus modificatorios y complementarios y lo dispuesto por los incisos d) y e) del artículo 9° y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Licitación Pública N° 27-0001-LPU21 del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC), organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, que tiene por objeto contratar la provisión de productos y servicios de impresión de cuestionarios censales, kits para censistas; captura, identificación de marcas y caracteres alfanuméricos y entrega de base de datos para ser procesadas por el citado Instituto Nacional para el “Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas de la República Argentina, Ronda 2020” y el “Censo Experimental del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas de la República Argentina, Ronda 2020”.

ARTÍCULO 2º.- Adjudícase los renglones Nros. 1 y 2 de la Licitación Pública N° 27-0001-LPU21 del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC), organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a la firma KOLLOR PRESS IMPRESORA DE PUBLICACIONES Y EDICIONES S.A. por la suma total de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES ($4.363.000.000.-).

ARTÍCULO 3º.- Desestímanse las ofertas presentadas por SU PAPEL S.A. y ARCÁNGEL MAGGIO S.A. por las causales expuestas en el Dictamen de Evaluación de fecha 4 de noviembre de 2021 y en los Considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 4º.- Recházase en todos sus términos la impugnación contra el Dictamen de Evaluación de fecha 4 de noviembre de 2021 de la Comisión Evaluadora presentada por BOLDT IMPRESORES S.A., por los motivos expresados en los Considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 5º.- Autorízase a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y OPERACIONES y/o a la Dirección de Compras y Contrataciones del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a emitir la correspondiente Orden de Compra.

ARTÍCULO 6º.- Autorízase al Director del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS a aprobar la ampliación, disminución, suspensión, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades al adjudicatario y/o cocontratante respecto de la Licitación Pública que por este acto se adjudica.

ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande la presente medida se imputará con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 50- MINISTERIO DE ECONOMIA, Servicio Administrativo Financiero 321- INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS para los Ejercicios 2021 y 2022.

ARTÍCULO 8º.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Martín Guzmán

e. 24/12/2021 N° 100392/21 v. 24/12/2021

Fecha de publicación 24/12/2021