MINISTERIO DE SALUD
Decisión Administrativa 1276/2021
DECAD-2021-1276-APN-JGM - Licitación Pública N° 80-0019-LPU21.
Ciudad de Buenos Aires, 28/12/2021
VISTO el Expediente Nº EX-2021-47731940-APN-DCYC#MS, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 2094 del 23 de julio de 2021 se autorizó la convocatoria de la Licitación Pública N° 80-0019-LPU21 para la adquisición de anticonceptivos hormonales orales e inyectables, solicitada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA de la citada Cartera Ministerial y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares correspondiente a la referida licitación.
Que, conforme el Acta de Apertura del 9 de agosto de 2021, se recibieron las ofertas de las firmas BAYER S.A., LABORATORIO ELEA PHOENIX S.A., DROGUERÍA DEL SUD S.A., LABORATORIOS BERNABO S.A. y BIOTENK S.A.
Que obra la intervención de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.
Que la GERENCIA DE PROYECTOS ESPECIALES de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) elaboró el correspondiente Informe Técnico de Precios Testigo, tramitado mediante la Orden de Trabajo N° 483/21, informando Valores de Referencia para los Renglones Nros. 1, 5 y 7 e informando Precios Testigo para los Renglones Nros. 2, 3, 4 y 6, en los términos y alcances establecidos por la Resolución SIGEN N° 36/2017 y sus modificaciones.
Que el Área de Aseguramiento de Insumos de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD SEXUAL REPRODUCTIVA, con la conformidad de la titular de la citada DIRECCIÓN NACIONAL, elaboró el correspondiente informe técnico del cual surge que todas las ofertas se ajustan técnicamente a las Especificaciones del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que la Comisión Evaluadora del MINISTERIO DE SALUD solicitó mejora de precio a la firma BAYER S.A. para el Renglón N° 1.
Que, en respuesta, la firma BAYER S.A. mejoró su cotización, ascendiendo su oferta a la suma total de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL ($432.388.000), encontrándose en un VEINTIÚN POR CIENTO (21 %) por encima del Precio Unitario de Referencia informado de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN).
Que, en cuanto a la conveniencia de la adquisición, la DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD SEXUAL REPRODUCTIVA y la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD, ambas del MINISTERIO DE SALUD, expusieron las razones de oportunidad, mérito y conveniencia que justificaron continuar con el presente trámite, en virtud de que el precio ofertado por la firma BAYER S.A. se encuentra un TREINTA Y OCHO POR CIENTO (38 %) por debajo del valor de venta al público (PVP) actual.
Que la Comisión Evaluadora del MINISTERIO DE SALUD, en función de los análisis administrativos, económicos y financieros y técnicos preliminares y la documentación obrante en las actuaciones citadas en el Visto, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas con fecha 4 de noviembre de 2021, recomendando la adjudicación de las ofertas válidas y convenientes correspondientes a las firmas: BAYER S.A. para el Renglón N° 1; DROGUERÍA DEL SUD S.A. para el Renglón N° 2; LABORATORIO ELEA PHOENIX S.A. para el Renglón N° 2; DROGUERÍA DEL SUD S.A. para el Renglón N° 3; LABORATORIOS BERNABO S.A. para el Renglón N° 4; DROGUERÍA DEL SUD S.A. para el Renglón N° 5 y LABORATORIOS BERNABO S.A. para el Renglón N° 6.
Que, asimismo, en el citado Dictamen de Evaluación se recomendó declarar desierto el Renglón N° 7, por no haberse presentado ofertas para el mismo.
Que la Dirección de Compras y Contrataciones del MINISTERIO DE SALUD informó que no se produjeron impugnaciones al referido Dictamen de Evaluación de Ofertas.
Que, por lo expuesto, corresponde proceder a la adjudicación de la referida Licitación Pública N° 80-0019-LPU21 del MINISTERIO DE SALUD, de acuerdo a lo recomendado por la Comisión Evaluadora interviniente.
Que, en virtud del monto estimado de la referida licitación, ha tomado intervención la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMPRE ARGENTINO Y PROGRAMA DE DESARROLLO DE PROVEEDORES de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, en cumplimiento del artículo 8° de la Ley N° 27.437.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ambas del MINISTERIO DE SALUD, han tomado la intervención de sus competencias.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07, sus modificatorios y complementarios y lo dispuesto por el artículo 9°, incisos d), e) y f) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16 y sus normas modificatorias y complementarias.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Licitación Pública N° 80-0019-LPU21 del MINISTERIO DE SALUD, llevada a cabo para la adquisición de anticonceptivos hormonales orales e inyectables, solicitada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA de la citada Cartera Ministerial.
ARTÍCULO 2°.- Adjudícase la Licitación Pública N° 80-0019-LPU21 del MINISTERIO DE SALUD, a favor de las firmas, por las cantidades y sumas que a continuación se detallan:
a. BAYER S.A. (CUIT 30-50381106-1): Renglón N° 1 por 1.100.000 unidades por un monto total de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL ($432.388.000.-).
b. DROGUERÍA DEL SUD S.A. (CUIT 30-53888062-7): Renglón N° 2 (parcial) por 3.650.000 unidades por un monto total de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES NOVENTA Y TRES MIL ($346.093.000.-), Renglón N° 3 por 500.000 unidades por un monto total de PESOS VEINTINUEVE MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL ($29.715.000.-) y Renglón N° 5 por 600.000 unidades por la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES NOVENTA Y SEIS MIL ($135.096.000.-).
c. LABORATORIO ELEA PHOENIX S.A. (CUIT 30-54464021-2): Renglón N° 2 (parcial) por 1.450.000 unidades por un monto total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS DIECISÉIS MIL ($156.716.000.-).
d. LABORATORIOS BERNABO S.A. (CUIT 30-50054729-0): Renglón N° 4 por 900.000 unidades por un monto total de PESOS CIENTO VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL ($125.442.000.-) y Renglón N° 6 por 560.000 unidades por un monto total de PESOS SESENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS ($64.338.400.-).
ARTÍCULO 3°.- Declárase desierto parcialmente el Renglón N° 1 por 2.000.000 de unidades.
ARTÍCULO 4°.- Declárase desierto el Renglón N° 7 de la Licitación Pública N° 80-0019-LPU21 del MINISTERIO DE SALUD.
ARTÍCULO 5°.- La suma total de PESOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS ($1.289.788.400) a la que asciende la referida Licitación Pública se imputará con cargo a las partidas presupuestarias del MINISTERIO DE SALUD - IPP 200, Programa 25, de acuerdo al siguiente detalle: al presente Ejercicio la suma de PESOS CIEN ($100.-) y al Ejercicio 2022 la suma de PESOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS ($1.289.788.300).
ARTÍCULO 6°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD a emitir las pertinentes Órdenes de Compra.
ARTÍCULO 7°.- Autorízase a la Ministra de Salud a aprobar la ampliación, disminución, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades a los adjudicatarios o cocontratantes respecto de la licitación que por este acto se aprueba.
ARTÍCULO 8°.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Luis Manzur - Carla Vizzotti
e. 29/12/2021 N° 101851/21 v. 29/12/2021
Fecha de publicación 29/12/2021