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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 629/2021

RESOL-2021-629-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 27/12/2021

VISTO el Expediente EX-2021-116799350-APN-DGRRHH#MSG, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 1035 del 8 de noviembre de 2018, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 328 del 31 de marzo de 2020, las Decisiones Administrativas Nros. 335 del 6 de marzo de 2020 y su modificatoria, 1045 del 11 de junio de 2020, 1117 del 23 de junio de 2020, 1175 del 2 de julio de 2020 y la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 154 del 9 de abril de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N° 1045/20, prorrogada por la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD Nº 154/21, fue designado transitoriamente el señor Esteban María CHALA (D.N.I. N° 25.669.284) en el cargo de Director Nacional de Operaciones de Protección Civil de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DEL RIESGO Y PROTECCIÓN CIVIL de la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL DE LA SEGURIDAD de este Ministerio.

Que por la Decisión Administrativa N° 1117/20, prorrogada por la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD Nº 154/21, fue designada transitoriamente la señora María Silvia BRUN LUBATTI (D.N.I. N° 35.796.265), en el cargo de Coordinadora del Voluntariado en Gestión y Reducción del Riesgo de Desastres de la Dirección de Prevención y Participación Comunitaria de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DEL RIESGO Y PROTECCIÓN CIVIL de la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL DE LA SEGURIDAD de este Ministerio.

Que por la Decisión Administrativa N° 1175/20, prorrogada por la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD Nº 154/21, fue designado transitoriamente el señor Martín Aníbal GUERRA (D.N.I. N° 24.801.166) en el cargo de Director de Respuesta, actualmente dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES DE PROTECCIÓN CIVIL de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DEL RIESGO Y PROTECCIÓN CIVIL de la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL DE LA SEGURIDAD de este Ministerio.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes a este MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que por la Decisión Administrativa N° 335/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo y se incorporaron, homologaron, reasignaron y derogaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas diversos cargos de la Jurisdicción.

Que por el artículo 3° del Decreto N° 1035/18 se facultó a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno en sus respectivos ámbitos y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.

Que por el artículo 1° del Decreto N° 328/20 se autorizó a los Ministros y a las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/20, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas, no pudiendo exceder el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días.

Que por el Decreto citado precedentemente se estableció que el acto administrativo que disponga la prórroga deberá comunicarse a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro de los CINCO (5) días del dictado del mismo.

Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura de los cargos en cuestión.

Que existe crédito suficiente en el presupuesto de la Jurisdicción para hacer frente al gasto que demande la medida que se propicia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de las facultades contempladas en los artículos 3° del Decreto Nº 1035/18 y 1º del Decreto 328/20.

Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Danse por prorrogadas, a partir de las fechas de sus vencimientos -que en cada caso se indica- y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, las designaciones transitorias de la funcionaria y los funcionarios que se consignan en la planilla que como ANEXO (IF-2021-117662395-APN-DGRRHH#MSG) forma parte integrante de la presente medida, conforme allí se indica y en las mismas condiciones a las dispuestas por las Decisiones Administrativas Nros. 1045/20, 1117/20 y 1175/20 –prorrogadas por la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD Nº 154/21-, autorizándose los correspondientes pagos de los Suplementos por Funciones Ejecutivas del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por Decreto N° 2098/08.

ARTÍCULO 2º.- Instrúyase a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA a comunicar el presente acto administrativo a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro de los CINCO (5) días de dictado el mismo, de conformidad con el artículo 2° del Decreto N° 328/20.

ARTÍCULO 3°.- Los cargos involucrados en el artículo 1° de la presente medida deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de las fechas indicadas en la planilla que como ANEXO (IF-2021-117662395- APN-DGRRHH#MSG) forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a la partida específica del presupuesto de la Jurisdicción aprobado para el corriente ejercicio.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Aníbal Domingo Fernández

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 29/12/2021 N° 101491/21 v. 29/12/2021

Fecha de publicación 29/12/2021