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Legislación y Avisos Oficiales
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SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 2242/2021

RESOL-2021-2242-APN-SSS#MS

Ciudad de Buenos Aires, 30/12/2021

VISTO el EX 2021-82307809- -APN-SG#SSS, las Leyes Nº 23.660 y Nº 23.661 y las Resoluciones RESOL-2017-1174-APN-SSS#MS, RESOL-2019-2142-APN-SSS#MSYDS ambas del Registro de ésta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD; y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente del VISTO, con motivo del nuevo encuadre detentado, la OBRA SOCIAL WITCEL (R.N.O.S. 0-0380-1), solicita se aprueben y registren las reformas introducidas al artículo 1º de su Estatuto incorporando el cambio de denominación de la entidad.

Que por Resolución RESOL-2017-1174-APN-SSS#MS se modificó el encuadre del Agente del Seguro quedando actualmente comprendido en los términos del artículo 1º, inciso h) de la Ley 23.660.

Que mediante RESOL-2019-2142-APN-SSS#MSYDS se aprobó la última reforma del Estatuto de la entidad, en virtud de la firma del Acuerdo de Colaboración y Fortalecimiento Institucional celebrado con la Mutual de Salud del Personal de Entidades del Grupo Sancor Seguros, por el cual esta última entidad se incorporó al Agente del Seguro de Salud.

Que a tal efecto, acompañan copia certificada del Acta de Reunión Extraordinaria del Consejo Directivo de la Obra Social por la que se da tratamiento y aprueba –por unanimidad- la modificación introducida en la citada disposición estatutaria.

Que asimismo se adjunta copia certificada del Acta Nº 32 de Reunión Extraordinaria del Consejo Directivo de la Mutual de Salud del Personal de Entidades del Grupo Sancor Seguros, por la cual se resuelve aprobar por unanimidad la propuesta de reforma del Estatuto de la Obra Social.

Que a orden 7 identificado como IF-2021-124339101-APN-SG#SSS se glosa un ejemplar del Estatuto, con las reformas practicadas en el artículo referido, con firma en cada una de sus fojas del Presidente de la Obra Social, Sr. Carlos Alberto Bacigalup Vertiz, conforme Certificado de Autoridades Nº4830/19/CROSyEMP-SSSalud.

Que del contenido de las Actas y el certificado de autoridades obrantes en autos; se observa que el procedimiento llevado a cabo para la reforma estatutaria, se corresponde con lo dispuesto en el artículo 25 del citado cuerpo normativo.

Que las modificaciones realizadas en el artículo 1º, así como su nueva denominación OBRA SOCIAL DE LA PREVENCION Y LA SALUD, no ameritan objeción por cuanto busca optimizar el funcionamiento del Agente del Seguro de Salud en lo que respecta a su naturaleza jurídica enmarcada en los términos del inciso h) del artículo 1º de la Ley 23.660.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia sin formular observaciones a lo solicitado.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nº1615 de fecha 23 de diciembre de 1996 y Nº 307 de fecha 7 de mayo de 2021

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruebanse las reformas introducidas al Estatuto de la OBRA SOCIAL WITCEL (R.N.O.S. Nº 0-0380-1), que en adelante pasara a denominarse OBRA SOCIAL DE LA PREVENCION Y LA SALUD conforme nueva redacción del artículo 1º; registrándose el texto ordenado del ejemplar incorporado mediante IF-2021-124339101-APN-SG#SSS, obrante a orden 7 del Expediente del VISTO.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese y publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase a la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga para constancia en el legajo del Agente del Seguro de Salud y, oportunamente archívese.

Daniel Alejandro Lopez

e. 31/12/2021 N° 102453/21 v. 31/12/2021

Fecha de publicación 31/12/2021