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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

Resolución 2212/2021

RESOL-2021-2212-APN-DE#AND

Ciudad de Buenos Aires, 30/12/2021

VISTO el Expediente EX-2020-73058966-APN-DGD#AND, el Decreto Nº 698 del 6 de septiembre de 2017 y sus modificatorios, la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 1862 del 8 de noviembre de 2011 y la Resolución de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD N° 1078 del 26 de julio de 2021, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución AND N° 1078/21, se incrementó el valor de la sesión por paciente de Tratamiento Sustitutivo de la Función Renal, correspondiente a aquellos titulares de Pensiones No Contributivas por Invalidez afiliados al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJP), con anterioridad al 1º de enero de 1999 y que hubieran optado por permanecer con la cobertura de salud del referido Instituto.

Que en consecuencia se fijó el valor de la sesión por paciente de Tratamiento Sustitutivo de la Función Renal a la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS ($4.500.-), a partir del 1° de julio de 2021, quedando establecido el Módulo Único de Tratamiento Sustitutivo de la Función Renal, en la suma de PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS ($58.500.-), por paciente y equivalente a TRECE (13) sesiones por mes.

Que, al propio tiempo, la Resolución AND N° 1078/21 mantuvo el arancel diferencial adicional del VEINTE POR CIENTO (20%) para la Zona Patagónica, viéndose incrementado el importe de sesión a PESOS CINCO MIL CUATROCIENTOS ($5.400.-) y ascendiendo el valor del Módulo Único de Tratamiento Sustitutivo de la Función Renal a PESOS SETENTA MIL DOSCIENTOS ($70.200.-), por paciente y equivalente a TRECE (13) sesiones por mes.

Que, ahora bien, atento a la necesidad de readecuar los aranceles allí establecidos, la Dirección Nacional de Acceso a los Servicios de Salud, propicia un incremento del importe por sesión por paciente de Tratamiento Sustitutivo de la Función Renal en la suma de PESOS DOS MIL ($2.000.-), en TRES (3) tramos, conforme ANEXO I IF-2021-125561514-APN-DNASS#AND, quedando establecido el valor de la misma conforme el siguiente esquema: PESOS CINCO MIL ($5.000.-) a partir del 1° de octubre de 2021, PESOS CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($5.750.-) a partir del 1° de noviembre de 2021 y PESOS SEIS MIL QUINIENTOS ($6.500.-) a partir del 1° de diciembre de 2021.

Que en el mismo sentido, la Dirección Nacional referida ratifica mantener el arancel diferencial del VEINTE POR CIENTO (20%) adicional del módulo único, para la Zona Patagónica, incluyendo las provincias de Neuquén, Chubut, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y La Pampa, incrementándose el valor por sesión por paciente en la suma de PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS ($2.400.-), en TRES (3) tramos, conforme ANEXO I IF-2021-125561514-APN-DNASS#AND, según el siguiente esquema: PESOS SEIS MIL ($6.000.-) a partir del 1° de octubre de 2021, PESOS SEIS MIL NOVECIENTOS ($6.900.-) a partir del 1° de noviembre de 2021 y PESOS SIETE MIL OCHOCIENTOS ($7.800.-) a partir del 1° de diciembre de 2021.

Que el valor del Módulo Único de Tratamiento Sustitutivo de la Función Renal, y valor del Arancel Diferencial para la Zona Patagónica, por paciente, equivalente a TRECE (13) sesiones por mes, para los afiliados titulares de una Pensión No Contributiva por Invalidez quedará establecido de acuerdo a los valores indicados en el ANEXO I IF-2021-125561514-APN-DNASS#AND, conforme el incremento antes referido.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que, la presente medida se dicta en virtud de las facultades asignadas por los Decretos Nros. 698/17 y modificatorios y N° 935/20.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Dase por establecido un incremento en el valor de la sesión por paciente de Tratamiento Sustitutivo de la Función Renal, determinado mediante resolución AND Nº 1078/21, fijándose el mismo en la suma de de PESOS DOS MIL ($2.000.-), en TRES (3) tramos, según ANEXO I IF-2021-125561514-APN-DNASS#AND que forma parte integrante de la presente, quedando establecido el valor de la misma conforme el siguiente esquema: PESOS CINCO MIL ($5.000.-) a partir del 1° de octubre de 2021, PESOS CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($5.750.-) a partir del 1° de noviembre de 2021 y PESOS SEIS MIL QUINIENTOS ($6.500.-) a partir del 1° de diciembre de 2021.

ARTICULO 2°.- Determínese un arancel diferencial adicional del VEINTE POR CIENTO (20%) sobre el importe de sesión indicada en el Artículo 1° para la Zona Patagónica incluyendo las Provincias de Neuquén, Chubut, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y La Pampa, con un incremento en TRES (3) tramos, según ANEXO I IF-2021-125561514-APN-DNASS#AND, quedando establecido el valor de la misma conforme el siguiente esquema: PESOS SEIS MIL ($6.000.-) a partir del 1° de octubre de 2021, PESOS SEIS MIL NOVECIENTOS ($6.900.-) a partir del 1° de noviembre de 2021 y PESOS SIETE MIL OCHOCIENTOS ($7.800.-) a partir del 1° de diciembre de 2021.

ARTICULO 3°.- Establécese la actualización del valor del Módulo Único de Tratamiento Sustitutivo de la Función Renal tanto para la Zona Patagónica como para el resto del territorio nacional, por paciente y equivalente a TRECE (13) sesiones, conforme los importes indicados en el Anexo I IF-2021-125561514-APN-DNASS#AND.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL; y oportunamente archívese.

Fernando Gaston Galarraga

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/01/2022 N° 15/22 v. 04/01/2022

Fecha de publicación 04/01/2022