Edición del
25 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT

Resolución 464/2021

RESOL-2021-464-APN-MDTYH

Ciudad de Buenos Aires, 31/12/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-07378820-APN-DGDYD#MDTYH, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios, el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019, modificado por el Decreto Nº 740 del 28 de octubre de 2021, la Decisión Administrativa Nº 1161 del 26 de noviembre de 2021 y las Resoluciones Nº 16 del 29 de enero de 2021 y Nº 95 del 26 de marzo de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 16 del 29 de enero de 2021, se creó en el ámbito de esta Cartera de Estado, el Programa Nacional de Construcción de Viviendas denominado “PROGRAMA CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO”.

Que el artículo 3º de la referida Resolución determinó como Autoridad de Aplicación del “PROGRAMA CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO” a la SECRETARÍA DE HABITAT de este Ministerio.

Que asimismo, por el artículo 4º de la mencionada Resolución, se aprobó el Reglamento Particular del “PROGRAMA CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO”.

Que por la Resolución 95/21 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT se adaptaron y complementaron las disposiciones del citado Reglamento Particular del Programa

Que conforme el artículo 3º del Decreto Nº 740/21, se modificó la estructura organizativa hasta nivel de Subsecretaría de este Ministerio, creándose la SUBSECRETARÍA DE PROGRAMAS DE HÁBITAT en el ámbito de la SECRETARÍA DE HÁBITAT.

Que asimismo, a través de la Decisión Administrativa Nº 1161/21, se modificó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de este Ministerio.

Que en virtud de las modificaciones introducidas en la estructura organizativa de este Ministerio, y a los fines de una mejor distribución de tareas, resulta necesario definir la competencia material y territorial de la SUBSECRETARÍA DE PROGRAMAS DE HÁBITAT y redefinir la competencia territorial de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS, ambas dependientes de la SECRETARÍA DE HABITAT, como así la conformación de la Unidad de Gestión del PROGRAMA.

Que por otra parte, a los fines de establecer procesos más eficientes y eficaces en la implementación de las políticas públicas de este Ministerio y en la operatividad de los procedimientos administrativos, resulta necesario adaptar y modificar algunas disposiciones de la Resolución 16/21 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, como así también del Reglamento Particular del Programa, en aspectos referidos a la adhesión al Programa; a la supresión del Convenio Marco y del Convenio Particular, reemplazándolos por un solo Convenio de Financiamiento; a la provisión directa a los Entes Ejecutores de Unidades Habitacionales para la Emergencia; a la determinación temporal de la adecuación de los proyectos a los montos máximos financiables; al sistema de recupero de los montos de financiamiento; al otorgamiento del anticipo financiero; y a la adjudicación de las soluciones habitacionales.

Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de este MINISTERIO ha tomado intervención en función de lo establecido en el artículo 101 del Anexo al Decreto 1344 del 4 de octubre de 2007, reglamentario de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, ha tomado la intervención de su competencia.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el artículo 4º de la Resolución Nº 16 del 29 de enero de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, por el siguiente texto:

“ARTÍCULO 4º.- Apruébase el Reglamento Particular del PROGRAMA CASA PROPIA–CONSTRUIR FUTURO que como Anexo IF-2021-127086814-APN-SH#MDTYH, integra la presente medida”.

ARTÍCULO 2º.- Sustitúyase el artículo 5º de la Resolución Nº 16 del 29 de enero de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, por el siguiente texto:

“ARTÍCULO 5º.- Facúltase a la SECRETARÍA DE HÁBITAT de este Ministerio a fijar los montos máximos financiables aplicables a los Convenios de Financiamiento que se ejecutarán en el marco del PROGRAMA CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO, como así también a suscribir los mismos, Actas Complementarias y Adendas.”

ARTÍCULO 3º.- Sustitúyase el artículo 7º de la Resolución Nº 16 del 29 de enero de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, por el siguiente texto:

“ARTÍCULO 7º.- Invitase a las Provincias, los Municipios, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los Otros Entes a adherir al PROGRAMA CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO, mediante la suscripción de las Actas de Adhesión con el MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, o mediante la remisión de las Notas de Adhesión.

ARTÍCULO 4.- Sustitúyase el artículo 9º de la Resolución Nº 16 del 29 de enero de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, por el siguiente texto:

“ARTÍCULO 9º.- Los fondos que se transfieran a través del PROGRAMA CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO quedan sujetos a su rendición de cuentas documentada de acuerdo a lo establecido en el Anexo (IF-2020-56796992-APN-SSPVEI#MDTYH) del artículo 1° de la Resolución Nº 31 del 18 de junio de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT (conforme Resolución Nº 100 del 3 de septiembre de 2020 de este Ministerio), el cual deberá incorporarse como ANEXO a los Convenios de Financiamiento que se suscriban con las Provincias, los Municipios, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los Otros Entes.”

ARTÍCULO 5º.- La presente Resolución comenzará a regir desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese

Jorge Horacio Ferraresi

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/01/2022 N° 50/22 v. 04/01/2022

Fecha de publicación 04/01/2022