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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 35/2022

RESOL-2022-35-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 10/01/2022

VISTO el Expediente EX-2021-103475401- -APN-DNCJYMP#MSG, del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que ante el TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 17, de esta CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a cargo del Doctor Juan GIUDICE BRAVO, tramita la causa N° 42.817/2011 (int. 4347), caratulada “S/GUSTAVO REIMUNDO SALINAS Y OTROS POR EL DELITO DE ABUSO SEXUAL AGRAVADO”.

Que el titular del TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 17, Doctor Juan GIUDICE BRAVO, mediante oficio de fecha 06 de octubre de 2021, solicitó a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, se ofrezca una recompensa, destinada a aquellas personas que sin haber intervenido en el los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión de Gustavo Reimundo SALINAS, (EX NUMERARIO DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA), argentino, titular del D.N.I. N° 24.733.194, nacido el 26 de septiembre de 1975, hijo de Reimundo Salinas y de Isabel Cardozo, con último domicilio conocido en calle constitución N° 1775, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sobre quien pesa orden de detención desde el día 30 de mayo de 2016, en orden al delito de abuso sexual con acceso carnal, en concurso ideal con promoción de la corrupción de menores de 18 años.

Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.

Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS UN MILLON ($1.000.000), destinada a aquellas personas que sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión de Gustavo Reimundo SALINAS, (EX NUMERARIO DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA), argentino, titular del D.N.I. N° 24.733.194, nacido el 26 de septiembre de 1975, hijo de Reimundo Salinas y de Isabel Cardozo, con último domicilio conocido en calle constitución N° 1775, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sobre quien pesa orden de detención desde el día 30 de mayo de 2016, en orden al delito de abuso sexual con acceso carnal, en concurso ideal con promoción de la corrupción de menores de 18 años.

ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como (IF-2021-106745659-APN-SSICYCJ#MSG), correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Aníbal Domingo Fernández

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 12/01/2022 N° 955/22 v. 12/01/2022

Fecha de publicación 12/01/2022