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MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Decisión Administrativa 16/2022

DECAD-2022-16-APN-JGM - Decisión Administrativa N° 1264/2021. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 13/01/2022

VISTO el Expediente N° EX-2021-56468569-APN-DCYC#MDS, la Decisión Administrativa N° 1264 del 23 de diciembre de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que se ha advertido que en la decisión administrativa citada en el Visto se han deslizado errores materiales involuntarios.

Que, en virtud de ello, se ha solicitado la subsanación del referido error.

Que en el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017 se establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.

Que, atento lo indicado precedentemente, corresponde rectificar los errores materiales involuntarios referidos.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1264/21 por el siguiente:

“ARTÍCULO 1°.- Apruébase la Licitación Pública N° 95-0039-LPU21 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con el objeto de lograr la adquisición de yerba mate elaborada con palo, para atender a la población en situación de vulnerabilidad, solicitada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA del citado Ministerio”.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 1264/21 por el siguiente:

“ARTÍCULO 2°.- Desestímanse, en la Licitación Pública N° 95-0039-LPU21 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, las ofertas presentadas por las firmas IGNACIO KLEÑUK (C.U.I.T. Nº 20-07554735-9) para sus alternativas 2 y 3, ALIMENTOS FRANSRO S.R.L. (C.U.I.T. Nº 30-70957893-2) para sus alternativas 2 y 3 y PACER S.A.S. (C.U.I.T. Nº 33-71675214-9) por las causales expuestas en el Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 13 de octubre de 2021”.

ARTÍCULO 3°.- Sustitúyese el artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 1264/21 por el siguiente:

“ARTÍCULO 3°.- Adjudícase la Licitación Pública N° 95-0039-LPU21 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a favor de las firmas, por las cantidades, marcas y montos que a continuación se detallan:

IGNACIO KLEÑUK – C.U.I.T. Nº 20-07554735-9

Renglón 1, alternativa 1, por DOSCIENTOS CUARENTA MIL (240.000) paquetes de Yerba mate elaborada con palo, con un contenido neto de UN (1) kilogramo cada uno, según especificaciones del Pliego, marca EL BUEN OJO: $70.440.000.-

HUGO OSCAR HOLOWATY – C.U.I.T. N° 20-17950686-7

Renglón 1, por NOVECIENTOS SESENTA MIL (960.000) paquetes de Yerba mate elaborada con palo, Libre de Gluten – Sin TACC, con un contenido neto de UN (1) kilogramo cada uno, según especificaciones del Pliego, marca YERUTI: $282.144.000-”.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Juan Zabaleta

e. 14/01/2022 N° 1371/22 v. 14/01/2022

Fecha de publicación 14/01/2022