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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición 132/2022

DI-2022-132-APN-DNM#MI

Ciudad de Buenos Aires, 13/01/2022

VISTO el Expediente EX-2021-107789666- -APN-DD#DNM del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Decisión Administrativa Nº 1254 del 3 de noviembre de 2016 y las Disposiciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES Nº 813 del 4 de abril de 2014 y Nº 6746 del 30 de diciembre de 2016 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Disposición DNM N° 3325 del 28 de diciembre de 2021, se habilitó el funcionamiento de una Oficina Migratoria bajo la denominación “OFICINA MIGRATORIA LOMAS DE ZAMORA”, que dependerá administrativamente de la DELEGACIÓN ALMIRANTE BROWN de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

Que resulta necesario rectificar el artículo 1° de la citada Disposición, toda vez que la “OFICINA MIGRATORIA LOMAS DE ZAMORA” debe depender administrativamente de la DIRECCIÓN DE DELEGACIONES, de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

Que asimismo, corresponde rectificar el Anexo II de la Disposición DNM N° 3325/21, a fin de dotar a la “OFICINA MIGRATORIA LOMAS DE ZAMORA” de las facultades necesarias para cumplir con los objetivos que llevaron a su habilitación, las que resultan similares a las concedidas a las restantes Oficinas Migratorias, ubicadas en el ámbito del Gran Buenos Aires.

Que la medida propuesta no implica modificación a la estructura vigente, ni a las jerarquías existentes.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de esta Dirección Nacional ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida, se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 107 de la Ley N° 25.871, por el artículo 29 de la Ley Nº 25.565, por el Decreto Nº 1410 del 3 de diciembre de 1996 y el Decreto N° 59 del 23 de diciembre de 2019.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Modificase el artículo 1° de la Disposición DNM N° 3325 del 28 de diciembre de 2021, que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 1°.- Habilitase, a partir de la fecha de la firma de la presente medida, en la Ciudad de Lomas de Zamora de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES una Oficina Migratoria bajo la denominación OFICINA MIGRATORIA LOMAS DE ZAMORA, la que dependerá administrativamente de la DIRECCIÓN DE DELEGACIONES, de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES y comprenderá los distritos detallados en el Anexo I (IF-2021-109082753-APN-DGA#DNM) que forma parte integrante de la presente medida.”

ARTÍCULO 2°.- Modífícase el Anexo II de la Disposición DNM N° 3325 del 28 de diciembre de 2021, el que quedará redactado según consta en el IF-2022-03845780-APN-DD#DNM que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3° - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Maria Florencia Carignano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 17/01/2022 N° 1479/22 v. 17/01/2022

Fecha de publicación 17/01/2022