Edición del
18 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

Resolución 9/2022

RESOL-2022-9-APN-MDP

Ciudad de Buenos Aires, 18/01/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2021-124890189-APN-DGD#MDP, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, la Resolución Nº 487 de fecha 15 de septiembre de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones establece que compete al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO entender en la ejecución y seguimiento del impacto de las políticas productivas para el desarrollo de sectores, ramas o cadenas de valor de actividades económicas, como así también coordinar y generar propuestas para el desarrollo y promoción de empresas de servicios de alto valor agregado.

Que por la Resolución Nº 487 de fecha 15 de septiembre de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO se creó la Unidad de Evaluación Técnica de Proyectos Productivos para el Cambio Estructural (UETCE), en el ámbito de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES de este Ministerio, con el objetivo de analizar de manera integrada los proyectos que pudieren resultar significativos para motorizar el desarrollo productivo.

Que desde su creación y hasta la actualidad, la Unidad de Evaluación Técnica de Proyectos Productivos para el Cambio Estructural (UETCE) se transformó en un área estratégica para el análisis y desarrollo de las políticas públicas implementadas por este MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, incrementando sustancialmente los trámites administrativos para los que se requiere su intervención.

Que, por ello, deviene necesario dotar a la mencionada Unidad de una estructura que permita agilizar y optimizar los procedimientos en los cuales se solicita su intervención a fin de analizar y validar proyectos que resultan estratégicos para el desarrollo productivo.

Que, en ese contexto, se considera oportuna la creación de una Subdirección Ejecutiva con el propósito de acompañar las responsabilidades y gestiones de la Dirección Ejecutiva de la Unidad de Evaluación Técnica de Proyectos Productivos para el Cambio Estructural (UETCE).

Que la persona propuesta para cumplir la función de Subdirector Ejecutivo de la Unidad de Evaluación Técnica de Proyectos Productivos para el Cambio Estructural (UETCE) reúne las condiciones de idoneidad necesarias para el desempeño de las tareas asignadas.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Artículo 3° de la Resolución N° 487 de fecha 15 de septiembre de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO por el siguiente:

“ARTÍCULO 3°.- La Unidad estará a cargo de una Dirección Ejecutiva y una Subdirección Ejecutiva; y contará con un Banco de Evaluadores Sectoriales y un Consejo Asesor para llevar adelante las funciones de evaluación, mediante informes técnicos y dictámenes específicos. Los integrantes de la Unidad podrán solicitar informes técnicos específicos a organismos públicos y/o privados.”

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el Artículo 8° de la Resolución N° 487/20 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO por el siguiente:

“ARTÍCULO 8°.- La Dirección Ejecutiva o la Subdirección Ejecutiva de la Unidad de Evaluación Técnica de Proyectos Productivos para el Cambio Estructural (UETCE) emitirán certificados técnicos de elegibilidad para líneas de financiamiento para el cambio estructural en los casos en que los proyectos sean evaluados favorablemente, previo Dictamen que deberá ser sustanciado, público, resguardando la confidencialidad de aspectos comerciales y tecnológicos de los inversores. Asimismo, suscribirán el acto administrativo de rechazo, si correspondiere.

El Certificado de Elegibilidad no conlleva en sí garantía de la obtención de la financiación ulterior, la que estará sujeta a las normas que resulten aplicables.”

ARTÍCULO 3°.- Asígnase la función de Subdirector Ejecutivo de la Unidad de Evaluación Técnica de Proyectos Productivos para el Cambio Estructural (UETCE) de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, al Licenciado en Economía Julián Pablo HECKER (M.I. N° 30.556.282).

ARTÍCULO 4°.- Sustitúyese el Artículo 9° de la Resolución N° 487/20 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO por el siguiente:

“ARTÍCULO 9°.- La asignación de las funciones de la Dirección Ejecutiva y la Subdirección Ejecutiva de la Unidad de Evaluación Técnica de Proyectos Productivos para el Cambio Estructural (UETCE) no generará erogación presupuestaria adicional alguna al ESTADO NACIONAL.”

ARTÍCULO 5°.- La presente resolución entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Matías Sebastián Kulfas

e. 19/01/2022 N° 1756/22 v. 19/01/2022

Fecha de publicación 19/01/2022