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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ARMADA ARGENTINA HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES CIRUJANO MAYOR DR. PEDRO MALLO

Disposición 17/2022

DI-2022-17-APN-DGSA#ARA

Ciudad de Buenos Aires, 19/01/2022

VISTO el expediente electrónico EX-2020-59209650- -APN-DGSA#ARA, el artículo 15 ter del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20, la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS prorrogada por Decreto N° 167/2021 y la Disposición Nº 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), y

CONSIDERANDO:

Que el señor Jefe del Departamento Farmacia y Esterilización solicitó la inmediata ADQUISICION DE MEDICACION MULTIDOSIS COVID.

Que ante la situación epidemiológica y una curva creciente de contagios de pacientes Covid-19, fue de gran importancia, que estos insumos básicos sean adquiridos con la urgencia que la situación crítica requirió.

Que el procedimiento de selección de co-contratante particular elegido fue el previsto en el artículo 15 ter del Decreto citado en el visto, y que el mismo ha sido sustanciado a través de la plataforma COMPR.AR.

Que el contenido de las invitaciones cursadas a los proveedores cumplió con las pautas fijadas en el artículo 3° inciso d) del Anexo a la Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), en número de orden 10.

Que, a las diez horas del día 18 de septiembre de 2020, el acto de apertura de ofertas se realizó tal como estaba previsto en número de orden 14.

Que se puso en conocimiento el procedimiento a la INSPECCIÓN GENERAL DE LA ARMADA y a la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO DE DEFENSA, en número de orden 6.

Que en función de los resultados del informe técnico, surgió que:

· LABORATORIOS RICHET S.A. CUIT 30504294222, RODOLFO EDUARDO FRISARE S.A. CUIT 30619339343, FRESENIUS KABI S.A. CUIT 30692971953, DROGUERIA FAMILY CUIT 30710807341, NUEVA ERA ROSARIO S.R.L. CUIT 30712538089 y ANTIGUA SAN ROQUE SRL CUIT 30656875786 presentan ofertas ténicamente admisibles en todos los renglones cotizados.

· DNM FARMA S.A. CUIT 30710138474 presenta oferta técnicamente admisible en los renglones nros. 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32. En el renglón Nº 19, la oferta es técnicamente no admisible por no ajustarse a lo solicitado, se solicita sulfametoxazol + trimetropina ampolla y cotizan comprimidos.

Que la Unidad Operativa de Compras recomendó:

· Adjudicar los renglones nros. 1, 8, 11, 13, 19 y 25 de la presente contratación al oferente NUEVA ERA ROSARIO S.R.L. CUIT 30712538089, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA CON CERO CENTAVOS ($ 444.560,00).

· Adjudicar los renglones nros. 2 y 17 de la presente contratación al oferente ANTIGUA SAN ROQUE SRL CUIT 30656875786, por la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS DOCE CON CINCUENTA CENTAVOS ($226.312.50).

· Adjudicar los renglones nros. 3, 4, 5, 6, 9, 10, 15, 16, 18, 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32 de la presente contratación al oferente DNM FARMA S.A. CUIT 30710138474, por la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS CUATRO MIL DOSCIENTOS DIECISEIS CON NOVENTA CENTAVOS ($1.304.216,90).

· Adjudicar los renglones nros. 7, 12, 20, 22 y 23 de la presente contratación al oferente DROGUERIA FAMILY CUIT 30710807341, por la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS CON CERO CENTAVOS ($1.325.800,00).

· Adjudicar los renglones nros. 14 y 21 de la presente contratación al oferente RODOLFO EDUARDO FRISARE S.A. CUIT 30619339343, por la suma de PESOS UN MILLON SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS CON CERO CENTAVOS ($ 1.773.372,00).

· Adjudicar el renglón Nº 24 de la presente contratación al oferente LABORATORIOS RICHET S.A. CUIT 30504294222, por la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CON CERO CENTAVOS ($288.000,00).

· Otorgar orden de merito 2 a los oferentes: DNM Farma SA CUIT 30710138474 en los renglones nros. 2, 7, 8, 17, 21, 22 y 23. DROGUERIA FAMILY CUIT 30710807341 en los renglones nros. 9, 18 y 24. FRESENIUS KABI S.A. CUIT 30692971953 en el renglón Nº 32. NUEVA ERA ROSARIO S.R.L. CUIT 30712538089 en los renglones nros. 12 y 20. ANTIGUA SAN ROQUE SRL CUIT 30656875786 en el renglón Nº 5.

· Desestimar el renglon Nº 19 de la oferta de DNM Farma SA CUIT 30710138474 por no ajustarse a lo solicitado en las especificaciones técnicas.

Que el oferente DROGUERIA FAMILY CUIT 30710807341 presenta nota, en numero de orden 103, manifestando no mantener su oferta.

Que, por remisión del artículo 9° del Anexo del aludido Decreto, deviene aplicable la Resolución MD 265/16.

Que, por tratarse de un procedimiento sustanciado en el ámbito de la ARMADA ARGENTINA, debe estarse a lo dispuesto en el Anexo III de la Resolución ministerial indicada.

Que los Directores Generales – como el suscripto- tienen competencia para dictar el acto de conclusión del procedimiento siempre que la contratación a adjudicar o declarar fracasada no supere la suma equivalente a SIETE MIL QUINIENTOS Módulos (M 7.500).

Que el Departamento Asesoría Legal del HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO” ha tomado la intervención que le corresponden número de orden 109.

Que el suscripto, no considera que lo elementos a compulsar deban ser adquiridos bajo esta modalidad con prioridad de urgencia.

Que, en razón de los artículos 6° de la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, 5° del Anexo de la Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), el artículo 9° Anexo del Decreto N° 1030/16 y el Anexo III de la Resolución MD 265/16, el suscripto es competente para dictar la presente medida.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DEL HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”

DISPONE:

ARTICULO 1º.- Convalídase lo actuado y déjase sin efecto la Compulsa - COVID-19 Nº 0263 - ADQUISICION DE MEDICACION MULTIDOSIS COVID.

ARTICULO 2º.- Notifíquese fehacientemente lo dispuesto a los oferentes que cotizaron en esta contratación.

ARTICULO 3º.- Pásese, para conocimiento y efectos, al DEPARTAMENTO CONTRATACIONES Y COMPRAS de este HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Alberto Hugo Croci

e. 20/01/2022 N° 2001/22 v. 20/01/2022

Fecha de publicación 20/01/2022