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27 de Marzo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ARMADA ARGENTINA HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES CIRUJANO MAYOR DR. PEDRO MALLO

Disposición 19/2022

DI-2022-19-APN-DGSA#ARA

Ciudad de Buenos Aires, 19/01/2022

VISTO el expediente electrónico EX-2020-54504746- -APN-DGSA#ARA, el artículo 15 ter del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20, la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS prorrogada por Decreto N° 167/2021 y la Disposición Nº 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), y

CONSIDERANDO:

Que el señor Jefe del Departamento Farmacia y Esterilización solicitó la inmediata Adquisición de guantes para examinación, guantes esteriles de latex y antialergicos, circuitos para respiradores y canulas para traqueotomia, para ser usados en los diferentes servicios de este Hospital Naval.

Que ante la situación epidemiológica y una curva creciente de contagios de pacientes Covid-19, es de gran importancia, que estos insumos básicos sean adquiridos con la urgencia que la situación crítica requiere.

Que el procedimiento de selección de co-contratante particular elegido fue el previsto en el artículo 15 ter del Decreto citado en el visto, y que el mismo ha sido sustanciado a través de la plataforma COMPR.AR.

Que el contenido de las invitaciones cursadas a los proveedores cumple con las pautas fijadas en el artículo 3° inciso d) del Anexo a la Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), en número de orden 10.

Que, a las diez horas del día 31 de agosto de 2020, el acto de apertura de ofertas se realizó tal como estaba previsto en número de orden 13.

Que se puso en conocimiento el procedimiento a la INSPECCIÓN GENERAL DE LA ARMADA y a la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO DE DEFENSA, en número de orden 4.

Que en función de los resultados del informe técnico, surge que:

· CENTRO DE MEZCLAS INTRAVENOSAS S.A. CUIT 30695455220 es técnicamente inadmisible por no presentar muestras, según lo establecido en el pliego.

· DROGUERIA DISVAL SRL CUIT 30604075269 es técnicamente admisible y cumple con las muestras presentadas.

· RAUL QUINTELA SRL CUIT 30663507946 es técnicamente admisible y cumple con las muestras presentadas en los renglones nros. 1, 9 y 11. En los renglones 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 12, son muestras inadmisibles por presentar solo UNA (1) unidad (se requerían 3). En los renglones 13, 14 y 15, es inadmisible por no entregar muestras. En los renglones nros. 16, 17, 18, 19, 21 y 23 es técnicamente inadmisible por no entregar muestras, solo presenta folletería.

· REINSAL S.A. CUIT 30707054847 es técnicamente admisible y cumple con las muestras presentadas.

· DCD PRODUCTS S.R.L. CUIT 30663934690 es técnicamente admisible y cumple con las muestras presentadas.

· ANTIGUA SAN ROQUE SRL CUIT 30656875786 es técnicamente admisible y cumple con las muestras presentadas.

Que la Unidad Operativa de Compras recomienda:

· Adjudicar el renglón Nº 1 de la presente contratación al oferente RAUL QUINTELA SRL CUIT 30663507946, por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CON CUATROCIENTOS CON CERO CENTAVOS ($ 158.400,00).

· Adjudicar los renglones nros. 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 16 y 17 de la presente contratación al oferente REINSAL S.A. CUIT 30707054847, por la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y UNO CON NOVENTA CENTAVOS ($ 1.957.951,90).

· Adjudicar parcialmente los renglones nros. 10 y 11 de la presente contratación al oferente DROGUERIA DISVAL SRL CUIT 30604075269, por la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTISIETE CON SESENTA CENTAVOS ($ 176.727,60).

· Adjudicar los renglones nros. 19, 20, 21, 22 y 23 de la presente contratación al oferente DCD PRODUCTS S.R.L. CUIT 30663934690, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS DOCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y UNO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 412.691,75).

· Desestimar la oferta del oferente RAUL QUINTELA SRL CUIT 30663507946 en los renglones nros. 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 12 por presentar solo UNA (1) muestra (se requerían 3). Desestimar en los renglones 13, 14 y 15 por no entregar muestras. Desestimar en los renglones nros. 16, 17, 18, 19, 21 y 23 por no entregar muestras, solo presenta folletería.

· Desestimar la oferta del oferente CENTRO DE MEZCLAS INTRAVENOSAS S.A. CUIT 30695455220 por no presentar muestras, según lo establecido en el pliego.

· Declarar fracasados los renglones nros. 12, 13, 14, 15 y 18 de la presente contratación por precio inconveniente.

Que, por remisión del artículo 9° del Anexo del aludido Decreto, deviene aplicable la Resolución MD 265/16.

Que, por tratarse de un procedimiento sustanciado en el ámbito de la ARMADA ARGENTINA, debe estarse a lo dispuesto en el Anexo III de la Resolución ministerial indicada.

Que los Directores Generales – como el suscripto- tienen competencia para dictar el acto de conclusión del procedimiento siempre que la contratación a adjudicar o declarar fracasada no supere la suma equivalente a SIETE MIL QUINIENTOS Módulos (M 7.500).

Que el Departamento Asesoría Legal del HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO” ha tomado la intervención que le corresponden número de orden 99.

Que el suscripto, no considera que lo elementos a compulsar deban ser adquiridos bajo esta modalidad con prioridad de urgencia.

Que, en función de cuestiones de oportunidad, mérito y conveniencia, es necesario dejar sin efecto las presentes actuaciones.

Que, en razón de los artículos 6° de la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, 5° del Anexo de la Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), el artículo 9° Anexo del Decreto N° 1030/16 y el Anexo III de la Resolución MD 265/16, el suscripto es competente para dictar la presente medida.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DEL HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Convalídase y déjase sin efecto lo actuado en la Compulsa - COVID-19 Nº 0222 - Adquisición de guantes para examinación, guantes esteriles de latex y antialergicos, circuitos para respiradores y canulas para traqueotomia, para ser usados en los diferentes servicios de este Hospital Naval.

ARTICULO 2º.- Notifíquese fehacientemente lo dispuesto a los oferentes que cotizaron en esta contratación.

ARTICULO 3º.- Pásese, para conocimiento y efectos, al DEPARTAMENTO CONTRATACIONES Y COMPRAS de este HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Alberto Hugo Croci

e. 20/01/2022 N° 2050/22 v. 20/01/2022

Fecha de publicación 20/01/2022