ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 15/2022
RESFC-2022-15-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 19/01/2022
VISTO el Expediente EX-2021-125349751-APN-DGA#APNAC, la Ley Nº 27.591 y modificatorias y complementarias, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 882 de fecha 23 de diciembre de 2021 y 328 de fecha 31 de marzo de 2020, las Decisiones Administrativas Nº 1.422 de fecha 6 de diciembre de 2016 y Nº 4 de fecha 5 de enero de 2022 y la Resolución Nº 410 de fecha 27 de diciembre de 2016 del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.
Que por el Decreto Nº 882/2021 rigen, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, las disposiciones de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2022.
Que por Decisión Administrativa Nº 4 de fecha 5 de enero de 2022 se mantienen para el ejercicio 2022 las disposiciones establecidas por la Decisión Administrativa Nº 4 de fecha 15 de enero de 2021.
Que por el Decreto Nº 2.098/2008, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.).
Que por la Decisión Administrativa Nº 1.422/2016 se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
Que por la Resolución del Directorio Nº 410/2016 de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, se aprobó la estructura organizativa del segundo nivel operativo, se incorporaron, homologaron y reasignaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas, los cargos, pertenecientes al referido Organismo.
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 328/2020 se autorizó a las máximas autoridades de los organismos descentralizados a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que mediante las Decisiones Administrativas detalladas en los Anexos IF-2021-125354940-APNDCYD#APNAC y IF-2022-00488709-APN-DCYD%APNAC, se designaron transitoriamente a los funcionarios de diversas Unidades de Gestión de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
Que por razones de índole operativa no se han podido tramitar los procesos de selección para la cobertura de los cargos en cuestión.
Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a las Direcciones Nacionales y Generales de esta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
Que la Dirección de Presupuesto y Control de Gestión certificó la existencia de crédito presupuestario necesario para afrontar el gasto resultante de la medida que se aprueba por la presente a través de las Notas NO-2021-125468907-APN-DPYCG#APNAC y NO-2022-01190373-APN-DPYCG#APNAC.
Que las Direcciones Generales de Recursos Humanos y de Asuntos Jurídicos y la Dirección de Presupuesto y Control de Gestión han tomado las intervenciones de sus competencias.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 23, inciso u), de la Ley Nº 22.351 y el Artículo 1º del Decreto Nº 328/2020.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Prorrógase, con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, las designaciones transitorias de los agentes mencionados y con los alcances detallados en los Anexos IF-2021-125354940-APN-DCYD#APNAC e IF-2022-00488709-APN-DCYD#APNAC, los cuales forman parte integrante de la presente medida, autorizándose el correspondiente pago de las Funciones Ejecutivas del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/2008, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 2º.- Establécese que los cargos involucrados en el Artículo 1º deberán ser cubiertos de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.) homologado por el Decreto Nº 2.098/2008, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 3º.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 81 - Entidad 107 - ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
ARTÍCULO 4º.- Establécese que por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones, se notifique en legal forma a los interesados y a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro del plazo de CINCO (5) días de dictada la presente.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Eugenio Sebastian Magliocca - Francisco Luis Gonzalez Taboas - Carlos Corvalan - Natalia Gabriela Jauri - Lautaro Eduardo Erratchu
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/01/2022 N° 2243/22 v. 21/01/2022
Fecha de publicación 21/01/2022