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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ARMADA ARGENTINA HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES CIRUJANO MAYOR DR. PEDRO MALLO

Disposición 22/2022

DI-2022-22-APN-DGSA#ARA

Ciudad de Buenos Aires, 19/01/2022

VISTO el expediente electrónico EX-2020-59638140- -APN-DGSA#ARA, el artículo 15 ter del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20, la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS prorrogada por Decreto N° 167/2021 y la Disposición Nº 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), y

CONSIDERANDO:

Que el señor Jefe del Departamento Farmacia y Esterilización solicitó la inmediata Adquisición de cartuchos de Oxido de Etileno.

Que ante la situación epidemiológica y una curva creciente de contagios de pacientes Covid-19, es de gran importancia, que estos insumos básicos sean adquiridos con la urgencia que la situación crítica requiere.

Que el procedimiento de selección de co-contratante particular elegido fue el previsto en el artículo 15 ter del Decreto citado en el visto, y que el mismo ha sido sustanciado a través de la plataforma COMPR.AR.

Que el contenido de las invitaciones cursadas a los proveedores cumple con las pautas fijadas en el artículo 3° inciso d) del Anexo a la Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), en número de orden 9.

Que, a las diez horas del día 21 de septiembre de 2020, el acto de apertura de ofertas se realizó tal como estaba previsto en número de orden 17.

Que se puso en conocimiento el procedimiento a la INSPECCIÓN GENERAL DE LA ARMADA y a la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO DE DEFENSA, en número de orden 55.

Que en función de los resultados del informe técnico, surge:

· KIMS SRL CUIT 30695034233 y LABORATORIOS IGALTEX SRL CUIT 30616806188 son técnicamente admisibles en los renglones ofertados.

· CHRISTIAN EMANUEL ARATOMA ROMERO CUIT 20314706626 es oferta no admisible por no presentar muestras. No presenta documentación técnica: fotocopia de habilitación del establecimiento emitida por autoridad sanitaria o de la provincia, firmado y sellado por director técnico. Fotocopia de disposición de designación de director técnico, firmado y sellado por el director técnico. Certificado de transito interjurisdiccional. Certificado de cumplimiento de buenas practicas de distribución y de fabricación de medicamentos, vigente.

Que la Unidad Operativa de Compras recomienda:

· Adjudicar los renglones nros. 1, 2, 5, 7, 8, 9, 10, 11 y 12 de la presente contratación al oferente KIMS SRL CUIT 30695034233, por la suma de PESOS CINCO MILLONES CIENTO VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA CON CERO CENTAVOS ($ 5.126.470,00).

· Adjudicar los renglones nros. 3, 4 y 6 de la presente contratación al oferente LABORATORIOS IGALTEX SRL CUIT 30616806188, por la suma de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCO CON CERO CENTAVOS ($ 1.664.105,00).

· Desestimar la oferta de CHRISTIAN EMANUEL ARATOMA ROMERO CUIT 20314706626 por ser oferta no admisible al no presentar muestras y no presentar documentación técnica requerida en el pliego.

Que, por remisión del artículo 9° del Anexo del aludido Decreto, deviene aplicable la Resolución MD 265/16.

Que, por tratarse de un procedimiento sustanciado en el ámbito de la ARMADA ARGENTINA, debe estarse a lo dispuesto en el Anexo III de la Resolución ministerial indicada.

Que los Directores Generales – como el suscripto- tienen competencia para dictar el acto de conclusión del procedimiento siempre que la contratación a adjudicar o declarar fracasada no supere la suma equivalente a SIETE MIL QUINIENTOS Módulos (M 7.500).

Que el Departamento Asesoría Legal del HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO” ha tomado la intervención que le corresponden número de orden 79.

Que el suscripto, no considera que lo elementos a compulsar deban ser adquiridos bajo esta modalidad con prioridad de urgencia.

Que, en función de cuestiones de oportunidad, mérito y conveniencia, es necesario dejar sin efecto las presentes actuaciones.

Que, en razón de los artículos 6° de la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, 5° del Anexo de la Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), el artículo 9° Anexo del Decreto N° 1030/16 y el Anexo III de la Resolución MD 265/16, el suscripto es competente para dictar la presente medida.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DEL HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Convalídase y déjase sin efecto lo actuado en la Compulsa - COVID-19 Nº 0266 - Adquisición de cartuchos de Oxido de Etileno.

ARTICULO 2º.- Notifíquese fehacientemente lo dispuesto a los oferentes que cotizaron en esta contratación.

ARTICULO 3º.- Pásese, para conocimiento y efectos, al DEPARTAMENTO CONTRATACIONES Y COMPRAS de este HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”.

ARTIUCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Alberto Hugo Croci

e. 21/01/2022 N° 2098/22 v. 21/01/2022

Fecha de publicación 21/01/2022