Edición del
25 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ACUERDOS

Decreto 35/2022

DCTO-2022-35-APN-PTE - Homologación.

Ciudad de Buenos Aires, 24/01/2022

VISTO el Expediente N° EX-2021-106000807-APN-DNRYRT#MT, la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública Nacional Nº 24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, el Decreto Nº 447 del 17 de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA), homologado por el Decreto N° 1032 del 3 de agosto de 2009 y sus modificatorios y el Acta Acuerdo del 8 de noviembre de 2021 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.185 establece el régimen aplicable a las negociaciones colectivas que se celebren entre la Administración Pública Nacional y sus empleados o empleadas e instituye al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad Administrativa de Aplicación.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido en el mencionado cuerpo normativo y por el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto Nº 214/06, el 8 de noviembre de 2021 se constituyó la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y se celebró la referida Acta en la fecha indicada.

Que las partes, en el marco previsto en el artículo 6° de la citada Ley N° 24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93 y normas complementarias, acordaron por la Cláusula Primera sustituir el artículo 83 del referido Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Que, asimismo, por la Cláusula Segunda acordaron otorgar al personal contratado por el artículo 9º de la Ley N° 25.164 con título atinente a sus funciones de carreras de nivel terciario de duración no inferior a TRES (3) años, para abocarse a labores propias de su incumbencia, una Compensación Transitoria por Mayor Dedicación Personal Contratado, equivalente al DIEZ POR CIENTO (10 %) de la Asignación Básica del Nivel al que se encontrara asimilado. Dejando establecido, además, que en caso de que el agente contratado se incorpore efectivamente a la Planta Permanente, la Compensación en cuestión será absorbida por el suplemento por FUNCIÓN TÉCNICA O PROFESIONAL establecido en el artículo 54 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, homologado por el Decreto Nº 1032/09, y por la Cláusula Tercera, las partes acordaron que las disposiciones de la presente Acta entrarán en vigencia a partir del 1° de diciembre de 2021.

Que, sobre el control de legalidad, cabe puntualizar que la Autoridad Administrativa de Aplicación tomó la intervención prevista en los artículos 4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la Ley N° 24.185, su Decreto Reglamentario N° 447/93 y normas complementarias.

Que el mencionado Acuerdo cumple con los requisitos del artículo 11 de la precitada Ley.

Que se cumplimentaron las intervenciones prescriptas por el artículo 79, segundo párrafo del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214/06 y sus modificatorios.

Que la COMISIÓN PERMANENTE DE APLICACIÓN Y RELACIONES LABORALES (CoPAR), mediante su intervención, concluyó que las disposiciones contenidas en el Acta Acuerdo son compatibles con las previsiones del mencionado Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional.

Que, asimismo, la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO emitió dictamen sin formular objeción alguna.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 14 de la Ley Nº 24.185.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º - Homológase el Acta Acuerdo de fecha 8 de noviembre de 2021 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, que como Anexo (IF-2021-115755266-APN-DALSP#MT) forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2°.- Lo dispuesto en el Acta Acuerdo que por el presente se homologa entrará en vigencia a partir del 1° de diciembre de 2021, conforme lo acordado por las Partes.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO para dictar las normas aclaratorias y complementarias a que diera lugar la aplicación del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Claudio Omar Moroni

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 25/01/2022 N° 2728/22 v. 25/01/2022

Fecha de publicación 25/01/2022