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SERVICIO EXTERIOR

Decreto 45/2022

DCTO-2022-45-APN-PTE - Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en el Sultanato de Omán.

Ciudad de Buenos Aires, 24/01/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2021-112126988-APN-DGD#MRE, la Ley Nº 20.957 y sus modificatorias y el Decreto Nº 491 del 5 de agosto de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado Decreto Nº 491/21 se nombró en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO funcionario de la categoría “A” Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al licenciado en Economía Guillermo Emilio NIELSEN, de conformidad con lo establecido por el artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, y se lo designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante el REINO DE ARABIA SAUDITA.

Que el Gobierno del SULTANATO DE OMÁN concedió el plácet de estilo para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho Estado.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención que le compete.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en el SULTANATO DE OMÁN al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Guillermo Emilio NIELSEN (D.N.I. N° 8.573.390), sin perjuicio de sus actuales funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante el REINO DE ARABIA SAUDITA.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado a las respectivas partidas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero

e. 25/01/2022 N° 2737/22 v. 25/01/2022

Fecha de publicación 25/01/2022