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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL

Resolución 33/2022

RESOL-2022-33-APN-SCYMA#MAD

Ciudad de Buenos Aires, 21/01/2022

VISTO el Expediente EX-2022-03113957- -APN-DGAYF#MAD, la Resolución Nº 501 del 27 de octubre del 2021 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Expediente Nº EX-2021-113789293- -APN-DGDYD#JGM, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. Decreto N° 438 del 20 de marzo de 1992), sus modificatorias y complementarias, el Decreto Nº 522 de fecha 11 de junio de 1997, reglamentario de la Ley Nº 22.344, el Decreto Nº 666 de fecha 25 de julio de 1997, reglamentario de la Ley Nº 22.421, las Resoluciones Nº 170 de fecha 4 de junio de 2021 y Nº 183 de fecha 17 de junio de 2021, ambas del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución MAyDS Nº 183/21 del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE se creó la Red Federal de Centros de Rescate y Rehabilitación (RFCRR), la cual estará conformada por las distintas autoridades de aplicación nacional, provinciales, municipales, los Centros de Rescate y Rehabilitación de Fauna Silvestre inscriptos ante el REGISTRO PÚBLICO ÚNICO DE OPERADORES de FAUNA SILVESTRE, y todas aquellas entidades y personas que puedan aportar al adecuado manejo de la fauna silvestre decomisada o rescatada en el territorio de la República Argentina, y cuyo objetivo principal será promover la cooperación intra e interregional entre sus integrantes.

Que posteriormente mediante Resolución MAyDs Nº 501/21 del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, se aprobó la Solicitud de Adhesión que, a efectos de conformar la RED FEDERAL DE CENTROS DE RESCATE Y REHABILITACIÓN (RFCRR) que (i) todo operador de fauna silvestre que se encuentre inscripto en el Registro Nacional de Operadores de Fauna Silvestre -o el que en el futuro lo reemplace-, y (ii) toda autoridad y/o entidad que pueda aportar al adecuado manejo de la fauna silvestre decomisada o rescatada, deberá presentar ante la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL, para formar parte de la misma.

Que acorde a lo estipulado en el Artículo 2º de la mentada Resolución, corresponde a la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL constatar con la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES la inscripción de la entidad en el Registro Nacional de Operadores de Fauna

Silvestre o el que en el futuro lo reemplace, y dictar el acto administrativo de adhesión a la RFCRR.

Que el 24 de noviembre del 2021, se presenta mediante Expediente EX-2021-113789293- -APN-DGDYD#JGM, el presidente de la Fundación TEKOVE MYMBA, a fin de solicitar a esta Secretaría, se arbitren los medios necesarios para procesar su solicitud de adhesión a la “RED FEDERAL DE CENTROS DE RESCATE Y REHABILITACIÓN”.

Que a orden 44 del citado expediente, mediante PV-2021-124906879-APN-DNBI#MAD, la Dirección Nacional de Biodiversidad, dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES, cumple en informar que la Fundación TEKOVE MYMBA se inscribió en el Registro Nacional de Operadores de Fauna Silvestre el 8 de agosto de 2019, a través del EX-2019-68548375- -APN-DNBI#SGP, en la categoría CENTRO DE RESCATE otorgándosele el nro. RU-0007, y agrega que dada la entrada en vigencia de la Resolución 170/21, el usuario gestionó además la reinscripción en las categorías SANTUARIO, CENTRO DE RESCATE y CRIADERO.

Que la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES, ha otorgado conformidad a la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente, en virtud de lo dispuesto por la Ley N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) modificada mediante el Decreto N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, la Ley de Conservación de la Fauna Silvestre N° 22.421 y su Decreto Reglamentario N° 666 del 18 de julio de 1997, y la Resolución MAyDS N° 501/2021.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°- Apruébase la adhesión de la Fundación TEKOVE MYMBA a la RED FEDERAL DE CENTROS DE RESCATE Y REHABILITACIÓN (RFCRR).

ARTÍCULO 2°- La adhesión mantendrá su vigencia en tanto el operador se encuentre inscripto en el REGISTRO PÚBLICO ÚNICO DE OPERADORES de FAUNA SILVESTRE.

ARTÍCULO 3°- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Sergio Federovisky

e. 25/01/2022 N° 2611/22 v. 25/01/2022

Fecha de publicación 25/01/2022