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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ARMADA ARGENTINA HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES CIRUJANO MAYOR DR. PEDRO MALLO

Disposición 36/2022

DI-2022-36-APN-DGSA#ARA

Ciudad de Buenos Aires, 24/01/2022

VISTO el expediente electrónico EX-2021-72097012- -APN-DGSA#ARA, el artículo 15 ter del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20, la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS prorrogada por Decreto N° 167/2021 y la Disposición Nº 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), y

CONSIDERANDO:

Que el señor Jefe del Departamento Farmacia y Esterilización solicitó la inmediata ADQUISICIÓN DE TELAS ADHESIVAS, APÓSITOS HIDROCOLOIDES, FILTROS, LLAVES DE TRES VÍAS, BAJALENGUAS, CUBREOBJETOS, CASSETTES PARA TEJIDO Y PORTAOBJETOS PARA LA ATENCIÓN DE PACIENTES INTERNADOS POR COVID-19.

Que ante la situación epidemiológica y una curva creciente de contagios de pacientes Covid-19, fue de gran importancia, que estos insumos básicos sean adquiridos con la urgencia que la situación crítica requiere.

Que el procedimiento de selección de co-contratante particular elegido fue el previsto en el artículo 15 ter del Decreto citado en el visto, y que el mismo ha sido sustanciado a través de la plataforma COMPR.AR.

Que el contenido de las invitaciones cursadas a los proveedores cumplió con las pautas fijadas en el artículo 3° inciso d) del Anexo a la Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), en número de orden 14.

Que, a las diez horas del día 30 de agosto de 2021, el acto de apertura de ofertas se realizó tal como estaba previsto en número de orden 15.

Que se puso en conocimiento el procedimiento a la INSPECCIÓN GENERAL DE LA ARMADA y a la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO DE DEFENSA, en número de orden 6.

Que en función de los resultados del informe técnico en número de orden 32, surgió:

· ANTIGUA SAN ROQUE SRL CUIT N° 30656875786, cumple técnicamente con lo solicitado para el renglón N° 10. No cumple con lo solicitado en el renglón N° 11, la muestra es de una longitud menor a la solicitada.

· PROPATO HNOS S.A.I.C. CUIT 30554258693, cumple técnicamente con lo solicitado para los renglones cotizados.

· FLOSAN SRL CUIT 30708111259, cumple técnicamente con lo solicitado para los renglones cotizados.

· NIPRO MEDICAL CORPORATION SUC. ARG. CUIT 33693501739, no cumple con lo solicitado en el renglón N° 9, no presenta muestras.

· RAUL JORGE LEON POGGI CUIT 20083367599, cumple técnicamente con lo solicitado para los renglones nros. 2 y 15. No cumple con lo solicitado en los renglones nros. 12, 13 y 14, la muestra es de mala calidad, la superficie del cubreobjeto presenta suciedad lo que imposibilita trabajar con normalidad. No presenta muestras para el renglón N° 16.

· FOC S.R.L. CUIT 30657002247, cumple técnicamente con lo solicitado para los renglones nros. 3 y 4. No presenta muestras para el renglón N° 3 alternativa.

· EURO SWISS SA CUIT 30708953896, cumple técnicamente con lo solicitado para los renglones cotizados.

· DCD PRODUCTS S.R.L. CUIT 30663934690, cumple técnicamente con lo solicitado para los renglones cotizados.

Que la Unidad Operativa de Contrataciones en número de orden 40, recomendó:

· Desestimar la oferta del oferente ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. CUIT N° 30656875786, para el renglón N° 11 por no cumplir técnicamente con lo solicitado en la muestra presentada.

· Desestimar la oferta del oferente NIPRO MEDICAL CORPORATION SUC. ARG. CUIT 33693501739, por no presentar muestras según lo requerido en el pliego.

· Desestimar la oferta del oferente RAUL JORGE LEON POGGI CUIT 20083367599, en los renglones 12, 13 y 14 por presentar muestras que no cumplen con lo requerido en las especificaciones técnicas. En el renglón N° 16 por no presentar muestras.

· Desestimar la oferta del oferente FOC S.R.L. CUIT 30657002247, por no presentar muestras en el renglón N° 3 alternativa, según lo requerido en el pliego.

· Adjudicar al oferente EURO SWISS SA CUIT 30708953896, los renglones nros. 1, 10 y 11, por ser menor precio y ajustarse a lo solicitado, por la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE CON SESENTA CENTAVOS ($ 75.827,60).

· Adjudicar al oferente FLOSAN SRL CUIT 30708111259, los renglones nros. 5, 7 y 8, por ser menor precio y ajustarse a lo solicitado, por la suma de PESOS DOSCIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS UNO CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 212.501,50).

· Adjudicar al oferente RAUL JORGE LEON POGGI CUIT 20083367599, el renglón N° 2, por ser menor precio y ajustarse a lo solicitado, por la suma de PESOS CATORCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA CON CERO CENTAVOS ($ 14.990,00).

· Adjudicar al oferente PROPATO HNOS S.A.I.C. CUIT 30554258693, los renglones nros. 9, 13 y 15, por ser menor precio y ajustarse a lo solicitado, por la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO CON CERO CENTAVOS ($ 275.134,00).

· Adjudicar al oferente FOC S.R.L. CUIT 30657002247, los renglones nros. 3 y 4, por ser menor precio y ajustarse a lo solicitado, por la suma de PESOS VEINTIDOS MIL TREINTA Y NUEVE CON SESENTA CENTAVOS ($ 22.039,60).

· Asignar Orden de Merito 2 al oferente DCD PRODUCTS S.R.L. CUIT 30663934690 para los renglones nros 5, 7 y 8. Al oferente EURO SWISS SA CUIT 30708953896 para el renglón N° 9. Al oferente RAUL JORGE LEON POGGI CUIT 20083367599 para el renglón N° 15. Al oferente PROPATO HNOS S.A.I.C. CUIT 30554258693 para el renglón N° 1.

· Declarar formalmente desierto el renglón N° 6.

· Declarar formalmente fracasados los renglones nros. 12, 14 y 16, por no haber ofertas admisibles.

Que, por remisión del artículo 9° del Anexo del aludido Decreto, deviene aplicable la Resolución MD N° 265/16.

Que, por tratarse de un procedimiento sustanciado en el ámbito de la ARMADA ARGENTINA, debe estarse a lo dispuesto en el Anexo III de la Resolución ministerial indicada.

Que los Directores Generales – como el suscripto- tienen competencia para dictar el acto de conclusión del procedimiento siempre que la contratación a adjudicar o declarar fracasada no supere la suma equivalente a SIETE MIL QUINIENTOS Módulos (M 7.500).

Que el Departamento Asesoría Legal del HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO” ha tomado la intervención que le corresponde en número de orden 52.

Que el suscripto, no considera que los elementos a compulsar deban ser adquiridos bajo esta modalidad con prioridad de urgencia.

Que, en función de cuestiones de oportunidad, mérito y conveniencia, es necesario dejar sin efecto las presentes actuaciones.

Que, en razón de los artículos 6° de la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, 5° del Anexo de la Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), el artículo 9° Anexo del Decreto N° 1030/16 y el Anexo III de la Resolución MD N° 265/16, el suscripto es competente para dictar la presente medida.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DEL HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Convalídase y déjase sin efecto lo actuado en la Compulsa - COVID-19 N° 0323 - ADQUISICIÓN DE TELAS ADHESIVAS, APÓSITOS HIDROCOLOIDES, FILTROS, LLAVES DE TRES VÍAS, BAJALENGUAS, CUBREOBJETOS, CASSETTES PARA TEJIDO Y PORTAOBJETOS PARA LA ATENCIÓN DE PACIENTES INTERNADOS POR COVID-19.

ARTICULO 2º.- Notifíquese fehacientemente lo dispuesto a los oferentes que cotizaron en esta contratación.

ARTICULO 3º.- Pásese, para conocimiento y efectos, al DEPARTAMENTO CONTRATACIONES Y COMPRAS de este HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Alberto Hugo Croci

e. 26/01/2022 N° 2703/22 v. 26/01/2022

Fecha de publicación 26/01/2022