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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ARMADA ARGENTINA HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES CIRUJANO MAYOR DR. PEDRO MALLO

Disposición 40/2022

DI-2022-40-APN-DGSA#ARA

Ciudad de Buenos Aires, 24/01/2022

VISTO el expediente electrónico EX-2021-39975038- -APN-DGSA#ARA, el artículo 15 ter del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20, la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS prorrogada por Decreto N° 167/2021 y la Disposición Nº 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), y

CONSIDERANDO:

Que el señor Jefe del Departamento Farmacia y Esterilización solicitó la inmediata ADQUISICION DE REMIFENTANILO,ETILEFRINA, TRIAMCINOLONA,LIDOCAINA, ETOMIDATO PARA PACIENTES EMERGENCIA COVID 19.

Que ante la situación epidemiológica y una curva creciente de contagios de pacientes Covid-19, fue de gran importancia, que estos insumos básicos sean adquiridos con la urgencia que la situación crítica requiere.

Que el procedimiento de selección de co-contratante particular elegido fue el previsto en el artículo 15 ter del Decreto citado en el visto, y que el mismo ha sido sustanciado a través de la plataforma COMPR.AR.

Que el contenido de las invitaciones cursadas a los proveedores cumplió con las pautas fijadas en el artículo 3° inciso d) del Anexo a la Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), en número de orden 10.

Que, a las diez horas del día 12 de mayo de 2021, el acto de apertura de ofertas se realizó tal como estaba previsto en número de orden 11.

Que se puso en conocimiento el procedimiento a la INSPECCIÓN GENERAL DE LA ARMADA y a la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO DE DEFENSA, en número de orden 6.

Que en función de los resultados del informe técnico en número de orden 24, surgió que los oferentes se ajustan técnicamente a lo solicitado para los renglones cotizados.

Que la Unidad Operativa de Contrataciones en número de orden 32, recomendó:

· Adjudicar el renglón N° 1 de la presente contratación al oferente FRESENIUS KABI SA CUIT 30692971953, por ser menor precio y ajustarse a lo solicitado, por la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL OCHENTA Y UNO CON CERO CENTAVOS ($ 231.081,00).

· Adjudicar los renglones nros. 2 y 8 de la presente contratación al oferente NUEVA ERA ROSARIO S.R.L. CUIT 30712538089, por ser menor precio y ajustarse a lo solicitado, por la suma de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CON CERO CENTAVOS ($ 53.700,00).

· Adjudicar los renglones nros. 3 y 4 de la presente contratación al oferente DNM FARMA SA CUIT 30710138474, por ser menor precio y ajustarse a lo solicitado, por la suma de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON SETENTA CENTAVOS ($548.258,70).

· Adjudicar el renglón N° 9 de la presente contratación al oferente REINSAL S.A. CUIT 30707054847, por ser menor precio y ajustarse a lo solicitado, por la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CON CERO CENTAVOS ($ 38.700,00).

· Adjudicar el renglón N° 14 de la presente contratación al oferente LABORATORIOS RICHET SA CUIT 30504294222, por ser menor precio y ajustarse a lo solicitado, por la suma de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CON CERO CENTAVOS ($ 56.500,00).

· Otorgar orden de merito 2 a los oferentes: NUEVA ERA ROSARIO S.R.L. CUIT 30712538089 en el renglón N° 1. REINSAL S.A. CUIT 30707054847 en los renglones nros. 2 y 8.

· Declarar desiertos los renglones nros. 5, 6, 7, 10, 11, 12 y 13 de la presente contratación.

Que, por remisión del artículo 9° del Anexo del aludido Decreto, deviene aplicable la Resolución MD N° 265/16.

Que, por tratarse de un procedimiento sustanciado en el ámbito de la ARMADA ARGENTINA, debe estarse a lo dispuesto en el Anexo III de la Resolución MD N° 265/16.

Que los Directores Generales – como el suscripto- tienen competencia para dictar el acto de conclusión del procedimiento siempre que la contratación a adjudicar o declarar fracasada no supere la suma equivalente a SIETE MIL QUINIENTOS Módulos (M 7.500).

Que el Departamento Asesoría Legal del HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO” ha tomado la intervención que le corresponde en número de orden 52.

Que el suscripto, no considera que los elementos a compulsar deban ser adquiridos bajo esta modalidad con prioridad de urgencia.

Que, en función de cuestiones de oportunidad, mérito y conveniencia, es necesario dejar sin efecto las presentes actuaciones.

Que, en razón de los artículos 6° de la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, 5° del Anexo de la Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), el artículo 9° Anexo del Decreto N° 1030/16 y el Anexo III de la Resolución MD N° 265/16, el suscripto es competente para dictar la presente medida.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DEL HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Convalídase y déjase sin efecto lo actuado en la Compulsa - COVID-19 N° 0156/21- ADQUISICION DE REMIFENTANILO,ETILEFRINA, TRIAMCINOLONA,LIDOCAINA, ETOMIDATO PARA PACIENTES EMERGENCIA COVID 19.

ARTICULO 2º.- Notifíquese fehacientemente lo dispuesto a los oferentes que cotizaron en esta contratación.

ARTICULO 3º.- Pásese, para conocimiento y efectos, al DEPARTAMENTO CONTRATACIONES Y COMPRAS de este HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Alberto Hugo Croci

e. 26/01/2022 N° 2722/22 v. 26/01/2022

Fecha de publicación 26/01/2022