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19 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA PASO DE LOS LIBRES

ART. 417 DE LA LEY 22415 (CÓDIGO ADUANERO)

Departamento Aduana Paso de los Libres, conforme lo instruye la Ley 25.603, comunica a quienes acrediten algún derecho sobre las mercaderías involucradas en las actuaciones que a continuación se detallan que, de no mediar objeción legal dentro del plazo de 30 días corridos a partir de la publicación de la presente, se procederá en conformidad con lo previsto por el Art 439 C.A. y/o se pondrán a disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación conformes las previsiones de la Ley N° 25.603. Cabe aclarar que con las mercaderías a las que no se puede dar el tratamiento previsto en las reglamentaciones antes descriptas, se procederá conforme lo establecido en el Art. 448 del C.A.; a dicho efectos, los interesados deberán presentarse ante la Sección Sumarios de esta Aduana (sito en calle Colon N° 701 de la Localidad Paso de los Libres - Corrientes).- PEDRO A. PAWLUK – JEFE (I) DEPARTAMENTO ADUANA PASO DE LOS LIBRES - CORRIENTES.-

SIGEA NºINTERESADODNI NºDESCRIPCIÓN DE LA MERCADERIA
117427-175-2015AUTORES DESCONOCIDOSDESCONOCIDOCUBIERTOS.
219497-221-2021AUTORES DESCONOCIDOSDESCONOCIDOBEBIDAS ALCOHÓLICAS.

Pedro Antonio Pawluk, Jefe Departamento.

e. 10/02/2022 N° 6106/22 v. 10/02/2022

Fecha de publicación 10/02/2022