ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA PASO DE LOS LIBRES
ART. 417 DE LA LEY 22415 (CÓDIGO ADUANERO)
Departamento Aduana Paso de los Libres, conforme lo instruye la Ley 25.603, comunica a quienes acrediten algún derecho sobre las mercaderías involucradas en las actuaciones que a continuación se detallan que, de no mediar objeción legal dentro del plazo de 30 días corridos a partir de la publicación de la presente, se procederá en conformidad con lo previsto por el Art 439 C.A. y/o se pondrán a disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación conformes las previsiones de la Ley N° 25.603. Cabe aclarar que con las mercaderías a las que no se puede dar el tratamiento previsto en las reglamentaciones antes descriptas, se procederá conforme lo establecido en el Art. 448 del C.A.; a dicho efectos, los interesados deberán presentarse ante la Sección Sumarios de esta Aduana (sito en calle Colon N° 701 de la Localidad Paso de los Libres - Corrientes).- PEDRO A. PAWLUK – JEFE (I) DEPARTAMENTO ADUANA PASO DE LOS LIBRES - CORRIENTES.-
Nº | SIGEA Nº | INTERESADO | DNI Nº | DESCRIPCIÓN DE LA MERCADERIA |
1 | 17427-175-2015 | AUTORES DESCONOCIDOS | DESCONOCIDO | CUBIERTOS. |
2 | 19497-221-2021 | AUTORES DESCONOCIDOS | DESCONOCIDO | BEBIDAS ALCOHÓLICAS. |
Pedro Antonio Pawluk, Jefe Departamento.
e. 10/02/2022 N° 6106/22 v. 10/02/2022
Fecha de publicación 10/02/2022