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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

Resolución 38/2022

RESFC-2022-38-APN-D#INCUCAI

Ciudad de Buenos Aires, 09/02/2022

VISTO el EX-2020-59219525-APN-DAJ#INCUCAI; las disposiciones de la Ley Nº 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células; el Decreto Nº 16/2019; las Resoluciones INCUCAI Nros. 70 y 26 de 2018, 238/2021 y 316/2021; y

CONSIDERANDO

Que a través de la Resolución Nº 316/2021 del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), se diseño la ESTRATEGIA PARA RESOLVER LA LISTA DE ESPERA DE PACIENTES EN SITUACIÓN CLÍNICA DE CEGUERA, en el marco del PLAN NACIONAL DE RESOLUCIÓN DE LA LISTA DE ESPERA PARA TRASPLANTE DE CÓRNEAS, aprobado por Resolución INCUCAI Nº 238/2021.

Que la citada norma fue acordada con la COMISIÓN FEDERAL DE TRASPLANTES (COFETRA), con el propósito de resolver, en una primera instancia, las indicaciones de trasplante por ceguera y su prevalencia en lista de espera, disponiendo su aplicación por el término de noventa (90) dias corridos desde su publicación oficial, vigencia que se encuentra vencida al día de la fecha.

Que luego del monitoreo conjunto realizado por este Organismo Nacional y la COFETRA sobre los avances de las medidas implementadas, y los resultados positivos obtenidos en el tiempo establecido por la norma, se convino no extender dicha medida y retomar los criterios de distribución dispuestos en las Resoluciones INCUCAI Nros. 70 y 26 de 2018, incorporando aquellos vinculados a la distribución en pacientes pediátricos y a la obligatoriedad de las auditorías en la situación clínica de ceguera.

Que la presente resolución ha contado con el asesoramiento de la COMISIÓN FEDERAL DE TRASPLANTES (COFETRA) previsto en los artículos 57, apartado 4 y 61, último párrafo, de la Ley N° 27.447, reunida el día 27 de enero de 2022.

Que la DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS Y SISTEMAS DE LA INFORMACIÓN, realizará las adecuaciones y modificaciones necesarias en el SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE PROCURACIÓN Y TRASPLANTE DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SINTRA), para la implementación de las medidas contenidas en la presente normativa.

Que las DIRECCIONES MÉDICA, CIENTÍFICO TÉCNICA y DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.

Que la medida que se adopta ha sido resuelta por el DIRECTORIO del INCUCAI en su sesión ordinaria del día 9 de febrero de 2022, conforme surge del texto del Acta Nº 06.

Que se actúa en uso de las facultades conferidas por el artículo 57 de la Ley Nº 27.447 y artículo 3 del Decreto Nº 16/2019.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el último párrafo del inciso d) Ceguera, del apartado 2 Situaciones Clínicas, del punto 3 Definiciones del ANEXO IV de la Resolución INCUCAI Nº 70/2018 - CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN DE CÓRNEAS Y ESCLERAS PROVENIENTES DE DONANTES CADAVÉRICOS, Y DE SELECCIÓN DE RECEPTORES EN LISTA DE ESPERA PARA TRASPLANTE por el siguiente texto: “Los pacientes ingresados en esta situación o en proceso de inscripción deberán ser auditados por el Organismo Provincial de Ablación e Implante correspondiente”.

ARTÍCULO 2º.- Modifíquese el apartado 3 Secuencia de Distribución, del punto 3 Definiciones del ANEXO IV de la Resolución INCUCAI Nº 70/2018 - CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN DE CÓRNEAS Y ESCLERAS PROVENIENTES DE DONANTES CADAVÉRICOS, Y DE SELECCIÓN DE RECEPTORES EN LISTA DE ESPERA PARA TRASPLANTE de conformidad a lo establecido en el ANEXO ÚNICO (IF-2022-12633631-APN-DCT#INCUCAI) que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Las disposiciones establecidas en la presente resolución entrarán en vigencia el día 18 de febrero de 2022.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese. Dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y archívese.

Jose Luis Bustos - Carlos Soratti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/02/2022 N° 6380/22 v. 11/02/2022

Fecha de publicación 11/02/2022