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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 96/2022

RESOL-2022-96-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 21/02/2022

VISTO el Expediente N° EX-2021-33135497-APN-SE#MEC, los Decretos Nros. 1.119 de fecha 6 de octubre de 1999 y 1.968 de fecha 21 de septiembre de 2015, el Contrato de Préstamo BIRF 8484-AR, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 1.119 de fecha 6 de octubre de 1999 se aprobó el modelo de Convenio de Préstamo para la realización del Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales (PERMER), financiado parcialmente con los recursos del préstamo otorgado por el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), cuya ejecución estuvo a cargo de esta Secretaría entonces del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Que a través del Decreto N° 1.968 de fecha 21 de septiembre de 2015 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BIRF, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (USD 200.000.000), destinado a financiar parcialmente la ejecución del Proyecto de Energías Renovables para Zonas Rurales de Argentina (PERMER), siendo designado organismo ejecutor el ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, actuando a través de esta Secretaría, con la asistencia de las Provincias participantes (conforme el artículo 4° del citado decreto).

Que de conformidad con lo previsto en el Contrato de Préstamo BIRF 8484-AR suscripto con fecha 9 de octubre de 2015, resultan de aplicación para el Proyecto PERMER las “Normas: Adquisiciones de Bienes, Obras y Servicios distintos a los de Consultoría con Préstamos del BIRF, Créditos de la Asociación Internacional de Fomento (AIF) y Donaciones por Prestatarios del Banco Mundial”, edición de enero de 2011, con la revisión de julio de 2014.

Que a través del Sistema de Seguimiento de Adquisiciones (STEP), con el código AR-SE-229573-CW-RFB, se obtuvo la autorización del BIRF para el inicio del proceso de licitación para el DISEÑO, CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN INICIAL DE DOS PLANTAS DE GENERACIÓN FOTOVOLTAICA E HIDRÁULICA, CON ACUMULACIÓN, INTEGRADAS A UNA MINI RED EN LA PROVINCIA DE SALTA.

Que mediante la Nota N° NO-2021-49948365-APN-SSEE#MEC la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría, solicitó el inicio del proceso de Licitación Pública Nacional para el DISEÑO, CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN INICIAL DE DOS PLANTAS DE GENERACIÓN FOTOVOLTAICAS E HIDRÁULICAS, CON ACUMULACIÓN, INTEGRADAS A UNA MINI RED, EN LAS LOCALIDADES DE RODEO COLORADO Y LOS NARANJOS, PROVINCIA DE SALTA, en el marco del Proyecto de Energías Renovables en Zonas Rurales de Argentina, Préstamo BIRF 8484-AR.

Que la documentación licitatoria para llevar a cabo dicha contratación se encuentra incorporada a las actuaciones (PLIEG-2021-52232172-APN-DER#MEC), habiéndose puesto a disposición de los interesados en la página web del Proyecto www.argentina.gob.ar/economia/energia/permer.

Que el 8 de junio de 2021 se publicó en el Boletín Oficial el aviso del llamado a la Licitación Pública Nacional N° 4/2021 DISEÑO, CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN INICIAL DE DOS PLANTAS DE GENERACIÓN FOTOVOLTAICA E HIDRÁULICA, CON ACUMULACIÓN, INTEGRADAS A UNA MINI RED EN LA PROVINCIA DE SALTA (IF-2021-51074471-APN-DER#MEC) y en los periódicos de circulación nacional “El Cronista” (con fechas 8 y 9 de junio de 2021) y “Crónica” (con fechas 8 y 10 de junio de 2021), conforme constancias obrantes en IF-2020-52014595-APN-DER#MEC; habiéndose realizado también la publicación del aviso en la página web del Proyecto PERMER www.argentina.gob.ar/economia/energia/permer.

Que el 16 de junio de 2021 tomó la intervención de su competencia la Dirección de Presupuesto de Energía de la Dirección General de Administración de Energía de la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, conforme IF-2021-54211791-APN-DPE#MEC.

Que el 19 de julio de 2021 se realizó el acto de apertura de ofertas para la Licitación Pública Nacional 4/2021, labrándose el correspondiente acta (IF-2021-64793221-APN-DGPYPSYE#MEC) y consignándose seguidamente las empresas que cotizaron en la mencionada convocatoria, a saber: 1) SUN GREEN S.R.L. – SALTAPOR S.R.L. (UT); 2) SE.MI.S.A; 3) ECOS S.A.; 4) CORADIR S.A; 5) MULTIRADIO S.A.

Que mediante la PV-2021-68128502-APN-SSEE#MEC de fecha 28 de julio de 2021 de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría se constituyó el Comité Evaluador de Ofertas, con la función principal de realizar el análisis de las ofertas presentadas en la Licitación de referencia.

Que sobre las propuestas presentadas, el Comité Evaluador de Ofertas emitió el Informe sobre la evaluación de las ofertas y recomendaciones para la adjudicación del contrato obrante en IF-2021-120055120-APN- DGPYPSYE#MEC, del cual surge que del análisis técnico realizado se concluye que la oferta presentada por la empresa CORADIR S.A. (CUIT N° 30-67338016-2) para el Lote 1, Central fotovoltaica con acumulación y reserva fría, en la Localidad de Rodeo Colorado, en el Departamento de Iruya, no cumple con los requisitos previstos en la Planilla de Datos Técnicos Garantizados de las Especificaciones Técnicas de la Sección VII. Requisitos de las Obras de los Documentos de Licitación que rigen la convocatoria.

Que del análisis financiero realizado, se concluye que la oferta del licitante SUN GREEN S.R.L (CUIT N° 30- 71109374-1) – SALTAPOR S.R.L (CUIT N° 30-70732582-4) (UT) para el Lote 1, Central fotovoltaica con acumulación y reserva fría, en la Localidad de Rodeo Colorado, en el Departamento de Iruya y para el Lote 2, Repotenciación de una central micro hidráulica existente, de 19 KW de potencia, llevándola a 30 KW, y dotándola de acumulación en baterías, en la Localidad de Los Naranjos, en el Departamento de Orán, no cumple satisfactoriamente con los requisitos establecidos en el criterio 2.3.1. – Capacidades Financieras de la Sección III- Situación Financiera, de los Documentos de Licitación.

Que, asimismo, en el referido Informe se sostiene que la oferta de la firma ECOS S.A. (CUIT N° 30-69177868-8) para el Lote 1, no cumple con los requisitos establecidos en la Sección III, criterio 2.3.3. - Recursos Financieros de la Sección III - Situación Financiera, de la documentación licitatoria.

Que luego de analizar las ofertas admisibles, se recomendó adjudicar el Lote 1, a la firma SE.MI.S.A. (CUIT N° 33-70924614-9), por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTICINCO CON VEINTITRÉS CENTAVOS (USD 2.054.525,23) y el Lote 2, a la firma MULTIRADIO S.A (CUIT N° 30-57378574-2), por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS (USD 717.532,42), respectivamente, por resultar sus ofertas las evaluadas como de precio más bajo, que se ajustan sustancialmente a las especificaciones requeridas en los Documentos de Licitación.

Que el Documento de Licitación prevé que los pagos se realizarán en la moneda de curso legal en la REPÚBLICA ARGENTINA y que los precios del contrato serán convertidos conforme al tipo de cambio vendedor según la cotización oficial del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA vigente al día anterior a la emisión del certificado de pago.

Que la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales de la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Presupuesto de Energía de la Dirección General de Administración de Energía ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los artículos 1, 6 y 7 del Decreto 1.119/99 y en el Apartado IX del Anexo II del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorias.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el procedimiento correspondiente a la Licitación Pública Nacional N° 4/2021 para el DISEÑO, CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN INICIAL DE DOS PLANTAS DE GENERACIÓN FOTOVOLTAICA E HIDRÁULICA, CON ACUMULACIÓN, INTEGRADAS A UNA MINI RED EN LA PROVINCIA DE SALTA, en el marco del Proyecto de Energías Renovables para Zonas Rurales de Argentina (PERMER), Préstamo BIRF 8484-AR.

ARTÍCULO 2º.- Desestímanse las ofertas presentadas por las firmas SUN GREEN S.R.L. (CUIT N° 30- 71109374-1) – SALTAPOR S.R.L. (CUIT N° 30-70732582-4) – (UT), para el Lote 1, Central fotovoltaica con acumulación y reserva fría, en la localidad de Rodeo Colorado, en el Departamento de Iruya y para el Lote 2, Repotenciación de una central micro hidráulica existente, de 19 KW de potencia, llevándola a 30 KW, y dotándola de acumulación en baterías, en la Localidad de Los Naranjos, en el Departamento de Orán; ECOS S.A. (CUIT N° 30-69177868-8) y CORADIR S.A. (CUIT N° 30-67338016-2) para el lote 1, en razón de los argumentos esgrimidos en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Adjudícase el Lote 1, Central fotovoltaica con acumulación y reserva fría, en la Localidad de Rodeo Colorado, en el Departamento de Iruya, a favor de la firma SE.MI.S.A. (CUIT N° 33-70924614-9) por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTICINCO CON VEINTITRÉS CENTAVOS (USD 2.054.525,23).

ARTÍCULO 4º.- Adjudícase el Lote 2, Repotenciación de una central micro hidráulica existente, de 19 KW de potencia, llevándola a 30 KW, y dotándola de acumulación en baterías, en la Localidad de Los Naranjos, en el Departamento de Orán, a favor de la firma MULTIRADIO S.A. (CUIT N° 30-57378574-2), por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS (USD 717.532,42).

ARTICULO 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado a la Partida 5.2.6., Programa 74, Actividad 43, Fuente de Financiamiento 22, SAF 328, SECRETARÍA DE ENERGÍA – correspondiente al Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 6°. – Dispónese la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial por el término de TRES (3) días hábiles y en la página web del Proyecto https://www.argentina.gob.ar/economia/energia/permer.

ARTÍCULO 7°- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Norman Darío Martínez

e. 23/02/2022 N° 9606/22 v. 23/02/2022

Fecha de publicación 23/02/2022