MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
Resolución 29/2022
RESOL-2022-29-APN-MAGYP
Ciudad de Buenos Aires, 14/02/2022
VISTO el Expediente N° EX-2021-100400097- -APN-DGD#MAGYP del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 27.076 se creó el PROGRAMA FEDERAL PARA EL FOMENTO Y DESARROLLO DE LA PRODUCCIÓN BUBALINA destinado a generar y promover políticas ganaderas específicas para la producción y óptimo aprovechamiento del ganado bubalino, en un marco sostenible en el tiempo y que permita mantener, desarrollar e incrementar las fuentes de trabajo y la radicación de la población rural tendiendo a una mejor calidad de vida. Que el Artículo 5° de dicha norma estableció que la Autoridad de Aplicación de la misma será el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que el Decreto Reglamentario N° 54 de fecha 29 de enero de 2021 faculta a la Autoridad de Aplicación a designar UN (1) Coordinador Nacional, quien tendrá a su cargo la implementación del presente Programa.
Que por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y su modificatorio, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, y sus respectivos objetivos entre los que se encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que en virtud de los objetivos aludidos en el citado Decreto N° 50/19, en lo que respecta a la SUBSECRETARÍA DE GANADERÍA Y PRODUCCIÓN ANIMAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del citado Ministerio y razones operativas, corresponde designar en carácter de Coordinador Nacional del referido Programa al Señor Subsecretario a cargo.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de las facultades que le otorgan la Ley N° 27.076, y el Decreto Reglamentario N° 54 de fecha 29 de enero de 2021.
Por ello,
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase en carácter de Coordinador Nacional del PROGRAMA FEDERAL PARA EL FOMENTO Y DESARROLLO DE LA PRODUCCIÓN BUBALINA instituido por la Ley N° 27.076, al titular de la SUBSECRETARÍA DE GANADERÍA Y PRODUCCIÓN ANIMAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Julian Andres Dominguez
e. 24/02/2022 N° 10002/22 v. 24/02/2022
Fecha de publicación 24/02/2022