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MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

NO-2022-16937637-APN-SABYDR#MAGYP DE FECHA 22/02/2022.

“El MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA de la Nación, a través de la SECRETARIA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL publica la solicitud administrativa de reconocimiento que tramita por EX-2022-11809348- -APN-DGD#MAGYP para la Indicación Geográfica (IG) Kiwi Mar y Sierras del Sudeste de Buenos Aires, con el propósito de promover, defender y proteger la actividad y el sistema de producción; siendo la tipificación de este kiwi definido por las siguientes características:

El kiwi que se busca reconocer es del cultivar “Hayward” y pertenece a la especie Actinidia chinensis var. deliciosa, que es de producción tardía y detenta frutos grandes, muy nutritivos, bajos en calorías, con altos niveles de azúcar, rico en compuestos antioxidantes y con un alto potencial de almacenamiento.

La zona delimitada está comprendida por los partidos de Gral. Pueyrredón, Gral. Alvarado, Balcarce, Lobería, Necochea, San Cayetano, Tres Arroyos, Mar Chiquita y Gral. Madariaga, que son los distritos que han registrado plantaciones de fruta y se han referenciado con la Cámara.

Una de las razones por las que esta fruta en el sudeste bonaerense alcanza un sabor (flavor) tan característico está vinculado al alto contenido de materia seca que acumula antes de la cosecha por las características agroclimáticas de la zona.

En el sudeste, el kiwi “Hayward” alcanza el nivel de SST mínimo de 6,2 Brix a los 172 días posteriores a la plena floración, marcando el inicio de la cosecha. El mínimo contenido de materia seca del 16% se logra antes, a partir de los 155 días de plena floración. Esto quiere decir que las condiciones climáticas y agronómicas de la zona permiten que el fruto siga acumulando materia seca durante casi 20 días más, cuando alcanza los SST mínimos para la cosecha (que para la IG se eleva a un promedio mínimo de 6,5 Brix).

Como resultado, los frutos generan un alto sabor cuando completan su maduración y están listos para el consumo.

La alta acumulación de materia seca en los frutos de kiwi de la zona delimitada se ha relevado en varios años y diferentes plantaciones.

A diferencia de otras zonas productivas de kiwi del país, las condiciones agroecológicas del sudeste bonaerense permiten que el kiwi pueda cosecharse con un mayor grado de madurez, promoviendo acumular más materia seca, y aún en ese estado, pueden mantenerse con una alta firmeza en la pulpa. Como resultado, los frutos resultan sabrosos cuando alcanzan la madurez de consumo, aún durante almacenamientos prolongados.

En virtud de dicha solicitud y trámite, y de conformidad con lo establecido por el artículo 19 de la Ley N° 25.380 según su similar Nº 25.966, toda persona física o jurídica que justifique un interés legítimo y estimare que algunos de los requisitos establecidos por la norma no han sido debidamente cumplidos, podrá formular oposición al registro, por escrito y en forma fundada ante la autoridad de aplicación (dorigen@magyp.gob.ar; nbasso@magyp.gob.ar y hniubo@magyp.gob.ar) dentro de los treinta (30) días siguientes a la presente publicación.

Podrán acceder a este reconocimiento todos los productores situados en el área delimitada para la IG que cumplen con el protocolo de calidad respectivo”.

Sin otro particular,

Sin otro particular saluda atte.

Firma: Luis Gustavo CONTIGIANI - Secretaría de Alimentos, Bioeconomía y Desarrollo Regional - Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Edgardo Corvera, Asistente Administrativo, Dirección de Gestión Documental.

e. 25/02/2022 N° 10483/22 v. 25/02/2022

Fecha de publicación 25/02/2022