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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 171/2022

RESOL-2022-171-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 21/02/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-6668446- -APN-DGD#MC, la Resolución Nº 209 de fecha 8 de marzo de 2021 del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución M.C. Nº 209/21 (RESOL-2021-209-APN-MC) se aprobó la creación del Concurso “Premio Nacional de Novela ‘Sara Gallardo’”, en homenaje a la escritora y periodista argentina, con el objetivo de reconocer la creación y la calidad literaria de escritoras argentinas, y premiar la mejor novela publicada en el último año.

Que entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA por la Ley de Ministerios N° 22.520 (Texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorios) se encuentra el de “(...) promover políticas de incentivo y desarrollo cultural de la Nación, propiciando la creación, la experimentación y la democratización del acceso a bienes culturales (...)”.

Que conforme lo dispuesto por la Decisión Administrativa N° 1428/20, la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS CULTURALES dependiente de la SECRETARIA DE DESARROLLO CULTURAL, tiene entre sus responsabilidades primarias “(…) Desarrollar proyectos vinculados a la música, las artes escénicas y la literatura favoreciendo el desarrollo cultural y creativo (…)”, y su COORDINACIÓN DE PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DE LA LITERATURA tiene encomendada entre sus acciones la de “(…) Promover y difundir la literatura en la REPÚBLICA ARGENTINA (…)”.

Que durante el año 2021 se realizó la Primera Edición del Concurso “Premio Nacional de Novela ‘Sara Gallardo’”, destinado a autoras argentinas, -cis, lesbianas, travestis, transexuales y transgénero-, con una novela publicada por una editorial nacional.

Que dicha convocatoria tuvo una muy buena recepción y repercusión en el ámbito cultural y literario, que se puso de manifiesto en la recepción de más de CIEN (100) novelas, con diferentes temáticas, pertenecientes a escritoras de todo el país, y editadas por sellos independientes y por grandes grupos editoriales.

Que en vista de los resultados obtenidos, resulta oportuno propiciar la Segunda Edición del Concurso “Premio Nacional de Novela ‘Sara Gallardo’”, con el objetivo de fortalecer políticas culturales con perspectiva de género que contribuyan a la erradicación de las disparidades existentes y que garanticen la igualdad de oportunidades.

Que asimismo corresponde aprobar el Reglamento de Bases y Condiciones para la participación en el citado concurso, según ANEXO I (IF-2022-12228067-APN-DNPPC#MC), y la Declaración Jurada conforme al ANEXO II (IF-2022-12229249-APN-DNPPC#MC) que forman parte de la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de sus competencias.

Que el gasto que demande la presente, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas al Ejercicio 2022 mediante el Decreto Nº 882/21 de prórroga de la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 5 de enero de 2022 (DECAD-2022-4-APN-JGM).

Que el suscripto resulta competente en virtud de las facultades delegadas por los Decretos N° 392/86, artículo 1º inciso h) y Nº 1344/07 sus modificatorios y complementarios, y en función de las misiones y funciones establecidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar y declarar abierta la Segunda Edición del Concurso “Premio Nacional de Novela ‘Sara Gallardo’”, de conformidad con el Reglamento técnico de Bases y Condiciones según ANEXO I (IF-2022-12228067-APN-DNPPC#MC), y la Declaración Jurada conforme al ANEXO II (IF-2022-12229249-APN-DNPPC#MC), que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Destinar la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($600.000.-) a la atención del pago del premio detallado en el Reglamento técnico de Bases y Condiciones aprobado en el Artículo 1º.

ARTÍCULO 3°.- Establecer que la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS CULTURALES, será la autoridad de aplicación e interpretación del Programa, encontrándose facultada para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 – MINISTERIO DE CULTURA.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 08/03/2022 N° 12399/22 v. 08/03/2022

Fecha de publicación 08/03/2022