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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD

Disposición 3/2022

DI-2022-3-APN-SES#MS

Ciudad de Buenos Aires, 25/01/2022

VISTO el Expediente EX-2021-16079080- -APN-SSGA#MS, el Decreto 640/2020 del 31 de julio de 2020, el Préstamo otorgado por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO - Contrato de Préstamos BID 5032/OC-AR destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina”, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92, y sus modificatorias), el Decreto 945 del 17 de noviembre de 2017, el Decreto Nº 223/2021 del 28 de marzo de 2021, la Resolución N° RESOL-2020-2216-APN-MS del 30 de noviembre de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación de la enmienda contractual al Contrato INLEG-2021-72207976-APN-SES#MS de fecha 9 de agosto de 2021, suscripto por este Ministerio de Salud representado por la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD y la firma YPF TECNOLOGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA relacionado con la adquisición de 500.000 (quinientos mil) Test de diagnóstico para la detección molecular simplificada del Virus SARS CoV-2 “Neokit Plus”, adjudicado en el marco del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” (Contrato de Préstamo BID 5032/OC-AR), el cual se llevó a cabo de conformidad a lo establecido en las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo” GN-2349-15 (mayo de 2019).

Que mediante el Decreto Nº 640/2020 fue aprobado el Modelo de Contrato de Préstamo BID 5032/OC-AR entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) destinado a solventar la ejecución del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina”, suscribiendo las partes el respectivo Contrato de Préstamo BID Nº 5032/OC-AR con fecha 2 de septiembre de 2020 (CONVE-2020-58346157-APN-SSRFID#SAE).

Que el artículo 6 del citado Decreto designó como “Organismo Ejecutor del Proyecto de espuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina al MINISTERIO DE SALUD, a través de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD y de la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD quienes serán responsables de la conducción técnica del proyecto, y de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO de la entonces SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del citado Ministerio, que será responsable de la gestión administrativa, adquisiciones y financiera.

Que por Decreto N° 223/2021, con el objeto de optimizar la gestión del MINISTERIO DE SALUD, se modificó la conformación organizativa estableciéndose los objetivos hasta nivel de Subsecretarías, creándose la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

Que por Resolución N° RESOL-2020-2216-APN-MS se designó como DIRECTOR NACIONAL del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” Contrato de Préstamo BID 5032/OC-AR, al titular de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD o quien en el futuro detente la función.

Que por Disposición DI-2021-20-APN-SES#MS fue adjudicado el Proceso de Contratación Directa MSAL-133-CD-B por Adquisición de 500.000 Neokit Plus (test diagnóstico para la detección molecular simplificada del virus SARS-CoV-2)”, a favor de la Firma YPF TECNOLOGIA S.A. (CUIT 30-71374850-8) por el valor total de PESOS ARGENTINOS CUATROCIENTOS SESENTA MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA con 00/100 ($ 460.737.750,00).

Que conforme lo informado oportunamente por la ANMAT NO-2021-08036805-APN-INPM#ANMAT, cuenta con certificado vigente PM 2576-02 correspondiente a la empresa NEOKIT S.A.S. y que dicha firma celebró un acuerdo vigente que otorga a Y-TEC el derecho de comercialización global y exclusivo para la explotación comercial de COVID-19 NEOKIT PLUS, sin limitación territorial alguna.

Que se encuentra la Solicitud de Ampliación contractual debidamente formulada y autorizada mediante NO-2021-96583173-APN-SAS#MS de la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD, para la ampliación del 20% de los bienes contratados a través de la Contratación Directa por Exclusividad - MSAL-133-CD-B (Kit diagnóstico para la detección molecular simplificada del Virus SARS-CoV-2, “Neokit Plus”), propiciada por la Dirección Nacional de Epidemiología e Información Estratégica a través de nota NO-2021-94685186-APNDNEEIE#MS, definiendo que el monto total de la ampliación es de PESOS NOVENTA Y DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA ($ 92.147.550,00), correspondiente a 100.000 unidades adicionales al convenio contractual original.

Que luce incorporada la Nota NO-2021-95638567-APN-SSMEIE#MS de la SUBSECRETARÍA DE MEDICAMENTOS E INFORMACIÓN ESTRATEGICA por la que prestó conformidad a dicha ampliación.

Que luce incorporada la Nota NO-2021-124696597-APN-SGA#MS de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA por la que prestó conformidad al procedimiento de adquisición con cargo al Préstamo BID-5032-AR.

Que mediante NO-2022-04074133-APN-DAFYP#MS se deja constancia que la Dirección de Administración Financiera y Presupuestaria tomó conocimiento del procedimiento para la imputación presupuestaria y financiera correspondiente.

Que por Nota NO-2021-126923889-APN-DNEEIE#MS la DIRECCIÓN NACIONAL DE EPIDEMIOLOGÍA E INFORMACIÓN ESTRATÉGICA, dijo respecto del grado de cumplimiento de la firma con el convenio contractual original, y respecto de la especificación del lugar y plazo de entrega que “Se informa que, durante la ejecución del contrato, el proveedor YPF TECNOLOGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA ha mostrado un desempeño satisfactorio en la provisión de los insumos ofertados, demostrando capacidad de cumplimiento en los plazos establecidos. La entrega del 100 % de los productos deberá realizarse dentro de los 35 días hábiles de perfeccionado el Convenio Contractual correspondiente. La misma deberá realizarse en Frigorífico Oneto y Cía. S.A.I.C (Solís 1950)”.

Que con fecha 6 de enero se notificó a la firma YPF TECNOLOGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA la carta de invitación a la ampliación del contrato MSAL-133-CD-B, la que fue aceptada con fecha 10 de enero, conforme surge de IF-2022-02684349-APN-DGPFE#MS.

Que, puestas las actuaciones a consideración del Banco Interamericano de Desarrollo, dicha entidad emitió su no objeción a la ampliación del contrato con YPF Tecnología S.A., para la provisión de 100.000 unidades de Neokit Plus, por un monto de $92.147.550 (PESOS ARGENTINOS NOVENTA Y DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA), mediante su documento CSC/CAR 120/2022 de fecha 13 de enero de 2022.

Que fue incorporado a las actuaciones el borrador de enmienda contractual mediante INLEG-2022-07014001-APN-DGPFE#MS.

Que mediante Nota NO-2021-124696597-APN-SGA#MS se encuentra la conformidad brindada por la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA para la presente adquisición, de conformidad con lo establecido en el artículo 1° del Decreto N° 945/2017.

Que a estos efectos deviene necesario aprobar lo actuado en la Enmienda para la ampliación contractual del proceso MSAL-133-CD-B- para la “Adquisición de 100.000 Neokit Plus (test diagnóstico para la detección molecular simplificada del virus SARS-CoV-2)” en el marco del Contrato de Préstamo BID N°5032/OC-AR.

Que el respectivo Proceso de Enmienda a la Contratación Directa se llevó a cabo de conformidad a lo establecido en las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo” GN-2349-15 (mayo de 2019).

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el Contrato de Préstamos BID 5032/OC-AR, el Decreto 945/2017, Decreto N° 174/21, Decreto Nº 223/2021 y la Resolución Nº RESOL-2020-2216-APN-MS.

Por ello:

EL SEÑOR SECRETARIO DE EQUIDAD EN SALUD EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR NACIONAL DEL PROYECTO DE RESPUESTA INMEDIATA DE SALUD PÚBLICA EN EL MARCO DE LA PANDEMIA COVID-19 PARA CONTENER, CONTROLAR Y MITIGAR SU EFECTO EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD EN ARGENTINA” CONTRATO DE PRÉSTAMO BID 5032/OCAR

DISPONE:

ARTICULO 1°. -Apruébese la Enmienda a la Contratación Directa MSAL-133-CD-B para la Adquisición de Neokit Plus (test diagnóstico para la detección molecular simplificada del virus SARS-CoV-2)”, llevada a cabo en el marco del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” (Contrato de Préstamo BID 5032/OC-AR), ampliando la cantidad de 100.000 unidades de Neokit Plus por un monto total de PESOS ARGENTINOS NOVENTA Y DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA ($92.147.550,00) impuestos incluidos, a favor de la firma YPF TECNOLOGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-71374850-8).

ARTICULO 2°. – Apruébase el modelo de Enmienda Contractual INLEG-2022-07014001-APN-DGPFE#MS que como Anexo forma parte de la presente.

ARTICULO 3°. – Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Victor Alberto Urbani

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 08/03/2022 N° 12478/22 v. 08/03/2022

Fecha de publicación 08/03/2022