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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 349/2022

RESOL-2022-349-APN-ENACOM#JGM FECHA 08/03/2022 ACTA 76

EX-2022-05815774-APN-DNFYD#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar el Reglamento Particular para la convocatoria a Concurso abierto de FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL - LÍNEA DESARROLLOS –LINEA D/2022 - destinada el apoyo y fomento mediante la provisión de recursos para la elaboración de proyectos audiovisuales; de capacitación; de formación; de diseño; de equipamiento y adecuación edilicia en sus etapas de iniciales y en desarrollo; y la producción de contenidos audiovisuales y radiofónicos en el marco del DECENIO INTERNACIONAL DE LAS LENGUAS INDÍGENAS de los Pueblos Indígenas Originarios, implementándose a través de 3 sublíneas, que como Anexo registrado por el GEDO como IF-2022-18689669-APNDNFYD#ENACOM forma parte integrante de la presente. 2.- Convocar a Concurso abierto, en todo el territorio nacional para la presentación de proyectos, correspondiente al FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL - LÍNEA DESARROLLOS - LÍNEA D/2022 - conforme el cronograma establecido en el Artículo 16 del Reglamento Particular, aprobado como Anexo registrado por el GEDO como IF-2022-18689669-APN-DNFYD#ENACOM a los siguientes destinatarios, según SUBLINEA: SUBLINEA DESARROLLO DE NUEVOS PROYECTOS Y SUBLINEA LENGUAS INDÍGENAS: a.- Pueblos Indígenas Originarios con personería jurídica nacional inscriptos en el RENOPI y Comunidades Indígenas con personería jurídica inscriptas en el RENACI y/o en los organismos provinciales pertinentes, que sean titulares de autorizaciones para prestar servicios de comunicación audiovisual contemplados en la Ley N° 26.522; b.- Pueblos Indígenas Originarios con personería jurídica nacional inscriptos en el RENOPI y Comunidades Indígenas con personería jurídica inscriptas en el RENACI y/o en los organismos provinciales pertinentes, y en cuyo objeto social se incluya la difusión, propagación y/o producción de contenidos, con inscripción vigente en el Registro Público de Señales y Productoras, creado por el Artículo 58 de la Ley N° 26.522. SUBLINEA EQUIPAMIENTO Y ADECUACIÓN EDILICIA: c.-Pueblos Indígenas Originarios con personería jurídica nacional inscriptos en el RENOPI y Comunidades Indígenas con personería jurídica inscriptas en el RENACI y/o en los organismos provinciales pertinentes, que sean titulares de autorizaciones para prestar servicios de comunicación audiovisual contemplados en la Ley N° 26.522. 3.- Instruir a la DIRECCIÓN NACIONAL DE FOMENTO Y DESARROLLO para que en conjunto con las áreas de este Organismo que estime conveniente y organismos públicos que tengan por objeto el desarrollo de los Pueblos Originarios se proceda a elaborar y ejecutar un PLAN DE CAPACITACIÓN destinado al FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL - LÍNEA DESARROLLOS - LINEA D/2022 - que se aprueba en el Artículo 1° de la presente, atento las consideraciones expuestas en la presente medida. 4.- El gasto que demande el cumplimiento del Concurso abierto del FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL - LÍNEA DESARROLLOS - LÍNEA D/2022 -, será financiada con los recursos contemplados en el Artículo 97, inciso f) de la Ley N° 26.522 y no excederá la suma de PESOS OCHENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS MIL ($ 88.900.000). 5.- Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: ww.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Sintetizada se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 10/03/2022 N° 13426/22 v. 10/03/2022

Fecha de publicación 10/03/2022