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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 123/2022

DCTO-2022-123-APN-PTE - Decreto Nº 50/2019. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 10/03/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-13726608-APN-DNDO#JGM, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley citada en el Visto se determinaron las Secretarías de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y los Ministerios que asistirán al Presidente o a la Presidenta de la Nación para cumplir con las atribuciones que le son propias y se establecieron sus competencias.

Que por el Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y se establecieron sus Objetivos y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados.

Que por razones operativas de gobierno resulta necesario modificar la conformación organizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y, en consecuencia, adecuar los Objetivos de las áreas involucradas.

Que, asimismo, corresponde actualizar el Anexo III del Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios -Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados- en la parte correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese del Anexo I –Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría- aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, por el siguiente:

“V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARÍA LEGAL

- SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO

- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA

- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN POLÍTICA E INSTITUCIONAL

- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN Y PROSPECTIVA

- SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD

- OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO

- SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO

- INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (INAP)

- SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA DEL SECTOR PÚBLICO

- SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS Y PAÍS DIGITAL

- SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN

SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y CON LA SOCIEDAD CIVIL

- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PARLAMENTARIOS

- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LA SOCIEDAD CIVIL

SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA

- SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA

- SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN

- SUBSECRETARÍA DE MEDIOS PÚBLICOS

- SUBSECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN OPERATIVA DE MEDIOS PÚBLICOS

SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE DROGAS

-SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICAS EN MATERIA DE DROGAS”.

ARTÍCULO 2º.- Sustitúyese del Anexo II -Objetivos- aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, por el obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2022-22746190-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 3º.- Sustitúyese del Anexo III - Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados- aprobado por el artículo 3º del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, por el siguiente:

“V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Organismos Descentralizados

AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE)

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM)

Organismos Desconcentrados

INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES (INJUVE)

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO

EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT)

CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA

CORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO SOCIEDAD ANÓNIMA

SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA

RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO

TÉLAM SOCIEDAD DEL ESTADO

CONTENIDOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO”.

ARTÍCULO 4º.- El Secretario o la Secretaria de Coordinación Presupuestaria y Planificación del Desarrollo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS actuará en carácter de Vicejefe o Vicejefa de Gabinete para asistir al Jefe o a la Jefa de Gabinete de Ministros en la definición de políticas transversales a la administración del ESTADO NACIONAL.

ARTÍCULO 5º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones vigentes y personal con su actual situación de revista.

ARTÍCULO 6º.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/03/2022 N° 14022/22 v. 11/03/2022

Fecha de publicación 11/03/2022