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MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 278/2022

DECAD-2022-278-APN-JGM - Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0035-CDI21.

Ciudad de Buenos Aires, 14/03/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2021-32048987-APN-DCYC#MS, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001, 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0035-CDI21 del MINISTERIO DE SALUD, llevada a cabo para la adquisición de medicamentos inmunosupresores, solicitada por el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), organismo descentralizado de la citada cartera ministerial.

Que se difundió el Proceso de Compra en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional denominado COMPR.AR.

Que la mencionada contratación se encuentra excluida del Control de Precios Testigo conforme lo establecido en el artículo 3°, inciso e) del Anexo I de la Resolución N° 36/17 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y sus modificatorias.

Que conforme el Acta de Apertura de fecha 2 de julio de 2021 surge la presentación de la oferta de la firma NOVARTIS ARGENTINA S.A. por un monto total de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($585.282.877,42).

Que obra la intervención de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI) elaboró el correspondiente Informe Técnico referido a la oferta presentada, en donde se determinó el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado.

Que con el fin de alinear los precios ofertados a los Valores de Referencia brindados por la unidad requirente, se solicitó una mejora de precios a la firma NOVARTIS ARGENTINA S.A para los renglones 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11.

Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD, en función de los análisis administrativos, económicos, financieros, técnicos preliminares y la documentación obrante en las actuaciones, recomendó la adjudicación de la oferta válida y conveniente correspondiente a la firma NOVARTIS ARGENTINA S.A. para los renglones 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9.

Que, por otra parte, el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), debido a una reducción de los trasplantes en el marco de la pandemia de la COVID-19, solicitó la disminución de hasta TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35 %) de las cantidades oportunamente requeridas para el renglón 3, el TREINTA POR CIENTO (30 %) para el renglón 4, hasta el TREINTA Y DOS POR CIENTO (32 %) para el renglón 6 y hasta el TREINTA Y UNO POR CIENTO (31 %) para el renglón 7, y que se dejen sin efecto los renglones 10 y 11.

Que la firma NOVARTIS ARGENTINA S.A. prestó conformidad a la disminución de hasta el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35 %) de las cantidades cotizadas para los renglones 3, 4, 6 y 7, de conformidad con lo establecido en el artículo 100, inciso a), apartado 1 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16.

Que de acuerdo lo solicitado por la unidad requirente resulta procedente la disminución de la adjudicación, reduciendo la cantidad de productos a adquirir en los porcentajes mencionados precedentemente y dejar sin efecto los renglones 10 y 11.

Que mediante la Resolución N° 3498 de fecha 6 de diciembre de 2021 del MINISTERIO DE SALUD se autorizó la convocatoria de la Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0035-CDI21 y se aprobaron el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el procedimiento llevado a cabo en la referida contratación directa.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMPRE ARGENTINO Y PROGRAMA DE DESARROLLO DE PROVEEDORES dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, en el marco de lo establecido en la Ley N° 27.437, su reglamentación y normas complementarias.

Que, por lo expuesto, procede adjudicar la referida Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0035-CDI21 del MINISTERIO DE SALUD, teniendo en cuenta la recomendación de fecha 28 de octubre de 2021 del citado Ministerio, con las modificaciones indicadas en los considerandos anteriores.

Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE SALUD ha certificado la existencia de crédito presupuestario.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07, sus modificatorios y complementarios y por lo dispuesto en los incisos e) y h) del artículo 9° y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Adjudícase la Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0035-CDI21 del MINISTERIO DE SALUD, llevada a cabo para la adquisición de medicamentos inmunosupresores, a favor de la firma NOVARTIS ARGENTINA S.A. (CUIT N° 30-51662039-7), por las cantidades y sumas que a continuación se detallan:

Renglón 1 por 147.120 unidades, por la suma de: $18.272.304.-

Renglón 2 por 1.288.920 unidades, por la suma de: $320.141.949,60.-

Renglón 3 por 41.700 unidades, por la suma de: $12.003.345.-

Renglón 4 por 69.000 unidades, por la suma de: $39.723.300.-

Renglón 5 por 139.680 unidades, por la suma de: $120.620.664.-

Renglón 6 por 94.500 unidades, por la suma de: $4.071.060.-

Renglón 7 por 53.100 unidades, por la suma de: $5.084.325.-

Renglón 8 por 59.250 unidades, por la suma de: $9.655.380.-

Renglón 9 por 21.450 unidades, por la suma de: $6.335.043.-

TOTAL DE LA ADJUDICACIÓN: $535.907.370,60.-

ARTÍCULO 2°.- Disminúyense las cantidades adjudicadas en el artículo precedente, de acuerdo al siguiente detalle: VEINTISIETE MIL CIENTO VEINTE (27.120) unidades para el renglón 3, CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTAS (48.300) unidades para el renglón 4, SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTAS CUARENTA (64.740) unidades para el renglón 6 y TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTAS (36.900) unidades para el renglón 7.

ARTÍCULO 3°.- Déjanse sin efecto los renglones 10 y 11.

ARTÍCULO 4°.- Establécese que con las disminuciones indicadas en el artículo 2º, la adjudicación final a la firma NOVARTIS ARGENTINA S.A. (CUIT N° 30-51662039-7) es por las cantidades y montos que a continuación se detallan:

Renglón 1 por 147.120 unidades, por la suma de: $18.272.304.-

Renglón 2 por 1.288.920 unidades, por la suma de: $320.141.949,60.-

Renglón 3 por 27.120 unidades, por la suma de: $7.806.492.-

Renglón 4 por 48.300 unidades, por la suma de: $27.806.310.-

Renglón 5 por 139.680 unidades, por la suma de: $120.620.664.-

Renglón 6 por 64.740 unidades, por la suma de: $2.788.999,20.-

Renglón 7 por 36.900 unidades, por la suma de: $3.533.175.-

Renglón 8 por 59.250 unidades, por la suma de: $9.655.380.-

Renglón 9 por 21.450 unidades, por la suma de: $6.335.043.-

TOTAL DE LA ADJUDICACIÓN: $516.960.316,80.-

ARTÍCULO 5°.- La suma total de PESOS QUINIENTOS DIECISÉIS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL TRESCIENTOS DIECISÉIS CON OCHENTA CENTAVOS ($516.960.316,80) a la que asciende la presente adjudicación se imputará con cargo a las partidas presupuestarias del MINISTERIO DE SALUD para el presente ejercicio.

ARTÍCULO 6°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD a emitir la pertinente Orden de Compra.

ARTÍCULO 7°.- Autorízase a la Ministra de Salud a aprobar la ampliación, disminución, suspensión, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades a la adjudicataria y/o contratante respecto de la contratación directa que por este acto se adjudica.

ARTÍCULO 8°.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Carla Vizzotti

e. 15/03/2022 N° 14627/22 v. 15/03/2022

Fecha de publicación 15/03/2022