MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición 39/2022
DI-2022-39-APN-DNRYRT#MT
Ciudad de Buenos Aires, 03/01/2022
VISTO el EX-2019-83974250-APN-DGDMT#MPYT del Registro del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que en las páginas 1/2 del IF-2019-98036640-APN-DNRYRT#MPYT del expediente de referencia, obra un acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE OBREROS MARITIMOS UNIDOS (SOMU), por la parte sindical y la EMPRESA PESQUERA DE LA PATAGONIA Y ANTARTIDA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del presente las partes superan el conflicto que fuera encuadrado en el marco de la Ley N° 14.786, pactando la creación del “adicional por calidad” para el personal de marinería y maestranza que se desempeña para la referida empresa, conforme a los términos y condiciones allí establecidos, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nro. 729/15.
Que el ámbito de aplicación del mentado acuerdo se circunscribe a la estricta correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empleador firmante y la entidad sindical signataria emergente de su personería gremial.
Que los agentes negociales han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente.
Que se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo ha tomado la intervención pertinente.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por la Decisión Administrativa DA-2019-182-APN-JGM.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo obrante en páginas 1/2 del IF-2019-98036640-APN-DNRYRT#MPYT del expediente de referencia, celebrado entre el SINDICATO DE OBREROS MARITIMOS UNIDOS (SOMU), por la parte sindical y la EMPRESA PESQUERA DE LA PATAGONIA Y ANTARTIDA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro del acuerdo obrante en el Artículo 1 de la presente Disposición.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente acuerdo junto al Convenio Colectivo de Trabajo Nro. 729/15.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita de los acuerdos homologados y de esta Disposición, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Gabriela Marcello
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/03/2022 N° 16947/22 v. 23/03/2022
Fecha de publicación 23/03/2022