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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN

Disposición 35/2022

DI-2022-35-APN-SSCRYF#MS

Ciudad de Buenos Aires, 08/03/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2021-64129686- -APN-DNTHYC#MS y las Resoluciones del Ministerio de Salud Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006; Nº 1922 de fecha 6 de diciembre de 2006; Nº 1342 de fecha 10 de octubre de 2007; Nº 1341 de fecha 27 de agosto de 2013 y las Disposiciones de la entonces SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN del MINISTERIO DE SALUD Nº 96 de fecha 7 de diciembre de 2016 Nº 104 de fecha 24 de noviembre de 2015 y Nº 66 de fecha 20 de agosto de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución Ministerial Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006 se crea el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen los criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros.

Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD – COFESA - como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO como coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por entidades representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución Ministerial Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006.

Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Único de Entidades Evaluadoras, conformado por Sociedades Científicas, Universidades y otras Organizaciones Civiles acreditadas por el MINISTERIO DE SALUD.

Que mediante Disposición Subsecretarial Nº 104 de fecha 24 de noviembre de 2015, se han aprobado los nuevos Estándares Nacionales y Contenidos Transversales, para la Acreditación de Residencias del Equipo de Salud, y los formularios nacionales para la evaluación de residencias del equipo de salud (Instrumento Nacional de Residencias del Equipo de Salud, Encuesta de Residentes y Guía para los Evaluadores), a los efectos de que definan los criterios mínimos para el funcionamiento de formación de residencias, y que los mismos han sido refrendados por la COMISIÓN TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.

Que la especialidad Bioquímica clínica está incluida en el listado de especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD (RM. Nº 1341/2013).

Que mediante Disposición Nº 96 de fecha 7 de diciembre de 2016 de la entonces SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la entidad Universidad Nacional de Rosario - Facultad de Ciencias Bioquímicas y Farmacéuticas ha sido reincorporada al Registro de Entidades Evaluadoras.

Que mediante Disposición Nº 20 de fecha 11 de febrero de 2014 de la entonces SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la residencia de Bioquímica clínica de la institución Laboratorio Domecq y Lafage - Hospital Alemán (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) ha sido acreditada en la categoría B por 3 años.

Que habiendo vencido el período de acreditación y teniendo en cuenta las recomendaciones realizadas oportunamente, la institución ha tenido en cuenta lo requerido.

Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en un programa de formación que se encuadra en lo prescripto en la Resolución Ministerial Nº 1342 de fecha 10 de Octubre de 2007.

Que la entidad Universidad Nacional de Rosario - Facultad de Ciencias Bioquímicas y Farmacéuticas ha realizado la evaluación de la residencia de Bioquímica clínica de la institución Laboratorio Domecq y Lafage - Hospital Alemán (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y ha informado que la Residencia está en condiciones de ser acreditada por un período de 4 (CUATRO) años y ha formulado recomendaciones para su mejora.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO elaboró un Informe Técnico de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los Estándares Nacionales de Acreditación y a las encuestas realizadas a los residentes, expidiéndose en igual sentido y proponiendo asignar la categoría A.

Que el MINISTERIO DE SALUD a los efectos de orientar el proceso de mejora de la calidad de la formación de esta residencia ha elaborado las recomendaciones pertinentes.

Que la COMISIÓN ASESORA DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha supervisado el procedimiento realizado.

Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios para la acreditación de la residencia de Bioquímica clínica de la institución Laboratorio Domecq y Lafage - Hospital Alemán (Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Reacredítase la Residencia de Bioquímica clínica de la institución Laboratorio Domecq y Lafage - Hospital Alemán (Ciudad Autónoma de Buenos Aires), en la Categoría A por un período de 4 (CUATRO) años a partir de la fecha de publicación de la presente, de acuerdo con los informes emitidos por la Entidad Evaluadora Universidad Nacional de Rosario - Facultad de Ciencias Bioquímicas y Farmacéuticas y la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO y en concordancia con los Estándares Nacionales para la Acreditación de las Residencias del Equipo de Salud.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Programa de residencia presentado y que obra en el expediente como IF-2021- 65063259-APN-DNTHYC#MS

ARTICULO 3º.- La Residencia de Bioquímica clínica de la institución Laboratorio Domecq y Lafage - Hospital Alemán (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) deberá:

a.- Incluir en la Residencia actividades de integración teórico prácticas de la especialidad que fortalezcan el aprendizaje durante la residencia.

b.- Incluir en el programa escrito que orienta la gestión de la residencia, todos los contenidos transversales definidos por el Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud, a modo de institucionalizar el desarrollo formativo de los mismos.

c. Promover la formación pedagógica en el equipo docente, según Matriz de valoración para la categorización de Residencias (2017).

ARTICULO 4°.- La Residencia de Bioquímica clínica de la institución Laboratorio Domecq y Lafage - Hospital Alemán (Ciudad Autónoma de Buenos Aires), deberá anualmente informar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO el listado correspondiente a los residentes activos y de los egresados durante el período correspondiente a la vigencia de la Acreditación. El reconocimiento operará exclusivamente para residentes que realicen más del 50% de la formación en la misma Institución, y cuya formación previa se reconocida por la entidad.

ARTICULO 5º.- La nueva acreditación deberá gestionarse ante este Ministerio 6 meses antes de su vencimiento conforme lo establece la Resolución Ministerial Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006 y en esta, se tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de las recomendaciones establecidas en el ARTÍCULO 3º para mantener o superar la categoría.

ARTICULO 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.

Alejandro Salvador Costa

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 25/03/2022 N° 17622/22 v. 25/03/2022

Fecha de publicación 25/03/2022