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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 119/2022

RESOL-2022-119-APN-ANAC#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 21/03/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-05339032-APN-ANAC#MTR, los Decretos N° 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, la Parte 25 de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC), y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Expediente citado en el Visto, tramita una enmienda de la Parte 25 “Estándares de aeronavegabilidad: aviones de categoría transporte” de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC).

Que la enmienda tiene por objetivo un reordenamiento administrativo de las reglas de certificación tipo y no se introducirían nuevos requisitos en la citada Parte a los ya existentes dentro de su cuerpo normativo.

Que los estándares de aeronavegabilidad de la Parte 25 de las RAAC han sido desarrollados analizando la adopción directa del conjunto de estándares de diseño del Código de los Reglamentos Federales Título 14 Parte 25 emitidos por la Administración Federal de Aviación por sus siglas en inglés “FAA” de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) ha tomado la intervención de su competencia, analizando la factibilidad técnica a través de sus áreas competentes.

Que el Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos dependiente de la UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN (UPYCG) de la ANAC ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA (DGLTYA) de la ANAC, ha tomado la intervención que le compete.

Que no correspondería implementar el proceso de Elaboración Participativa de Normas establecido por el Decreto N° 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 debido a que no se introducen nuevos requisitos en las RAAC sino que es un cambio en la organización de las reglas ya existentes dentro del cuerpo de las RAAC.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en los Decretos N° 1.172/03 y N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el texto de la Parte 25 “Estándares de aeronavegabilidad: aviones de categoría transporte, de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC) que como ANEXO GDE IF-2022-06712921-APN-DNSO#ANAC, integra la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Instrúyase al Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos de la UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN (UPYCG) de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, a fin de realizar la incorporación de las enmiendas de la Parte 25 de las RAAC que por este acto se aprueba.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación por DOS (2) días en el BOLETÍN OFICIAL, y cumplido archívese.

Paola Tamburelli

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: https://www.argentina.gob.ar/anac/normativa

e. 23/03/2022 N° 17462/22 v. 25/03/2022

Fecha de publicación 25/03/2022