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25 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

El Departamento de Infracciones y Ejecuciones Fiscales de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, sito en Avda. Hipólito Yrigoyen N° 952, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, notifica a la sumariada: Shuying WU, DNI N° 95.454.774, la Apertura de Sumario, dispuesta en el Expediente EX-2018-36168308- -APN-DGA#DNM, que dice: “Buenos Aires, 28 de febrero de 2019.- VISTO el Acta Circunstanciada de Inspección Migratoria N° 9818, de fecha 24/07/2018, en el cual el funcionario interviniente constató que la siguiente persona extranjera: LIN Jin, de nacionalidad china, se encontraba trabajando y/o alojado “prima facie” en violación a las disposiciones del art. 55 y siguientes de la Ley 25.871, INSTRUYASE SUMARIO DE FALTAS, a Shuying WU, DNI N° 95454774, con domicilio en Belgrano N° 25, Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, de conformidad a lo previsto por el art. 15 inc. a) del Titulo II del Anexo II del Reglamento de Migraciones aprobado por Decreto Nº 616/2010. Notifíquese en los términos del art. 16 del Titulo II del Anexo II del Reglamento de Migraciones, haciéndose saber que en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos podrá presentar su descargo y ofrecer las pruebas que estime corresponder. A tales efectos, se remiten estas actuaciones a la Delegación Entre Ríos, para que se notifique personalmente o por cédula a la sumariada en el domicilio indicado sobre la apertura de sumario que se le ha iniciado, haciéndole saber: 1.- Que en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos podrá presentar su descargo y ofrecer las pruebas que estime corresponder.- 2.- Que deberá denunciar su domicilio real en el país y constituir domicilio en jurisdicción de la sede central de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES. 3.- La infracción supuestamente cometida (artículo 38 y siguientes de la Ley 25.871), describiendo el hecho. A tal fin deberá transcribir íntegramente el primer párrafo de la presente, o acompañar su copia certificada.- 4.- Si compareciere por apoderado deberá acompañar un poder especial conferido a ese efecto. 5.- Deberá hacer saber que, por Disposición DNM Nº 2201/2010 (Publicada en el B.O. el 19/11/2010), modificada por Disposición DNM N° 4653/2016 (Publicada en el B.O. el 09/09/2016), se ha aprobado el “Régimen de facilidades de pago por infracción a los artículos 55 y 59 de la Ley Nº 25.871”. Dicho régimen prevé la posibilidad de obtener una reducción en el monto de las sanciones y su pago en cuotas. Para poder solicitar su acogimiento al mismo deberá presentarse personalmente en el PLAZO PERENTORIO DE TREINTA (30) DÍAS HABILES, en la delegación”. “-Fdo. Dr. Darío Santiago Fernández A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones Fiscales - Dirección Nacional de Migraciones-; “Buenos Aires, 07 de marzo de 2022: Atento el estado de las presentes actuaciones, notifíquese a la sumariada Shuying WU, DNI N° 95.454.774, la Apertura de Sumario, dispuesta a Orden 9 mediante la publicación de edictos por tres días en el Boletín Oficial” -Fdo. Dr. Darío Santiago Fernández A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones Fiscales - Dirección Nacional de Migraciones-.

Alicia Margarita Zalazar, Asistente administrativa, Dirección Operativa Legal.

e. 23/03/2022 N° 17192/22 v. 28/03/2022

Fecha de publicación 28/03/2022