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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


EVENTOS DEPORTIVOS

Decreto 165/2022

DCTO-2022-165-APN-PTE - “Gran Premio de la República Argentina Moto GP 2022”.

Ciudad de Buenos Aires, 31/03/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-11290117-APN-DE#MDP, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 4° de la Ley N° 20.545 y sus modificatorias se derogaron aquellas normas que autorizaban importaciones sujetas a desgravaciones de derechos de importación o con reducción de dichos derechos, con el fin de promover la protección del empleo y la producción nacional.

Que por el artículo 5°, inciso s) de la Ley N° 20.545, incorporado por el artículo 1º de la Ley N° 21.450 y mantenido por el artículo 4° de la Ley Nº 22.792, se facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a eximir en forma total o parcial del pago de los derechos de importación y demás tributos que gravan las importaciones para consumo de mercaderías para ser presentadas, utilizadas, obsequiadas, consumidas o vendidas en o con motivo de exposiciones y ferias efectuadas o auspiciadas por Estados extranjeros o por entidades internacionales reconocidas por el Gobierno Nacional.

Que el GRUPO OBRAS, SERVICIOS Y DESARROLLOS S.A. (C.U.I.T. N° 30-70967903-8) solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de gorras, remeras, llaveros, camperas, juguetes y demás elementos originarios y procedentes de los países participantes en el evento deportivo “GRAN PREMIO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA MOTO GP 2022” que se desarrollará los días 1, 2 y 3 de abril de 2022 en el Autódromo de la Ciudad de Termas de Río Hondo, Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO (REPÚBLICA ARGENTINA).

Que brindan su apoyo institucional auspiciando este evento la FEDERACIÓN INTERNACIONAL DE MOTOCICLISMO, la EMBAJADA DE LA REPÚBLICA ITALIANA y la EMBAJADA DEL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE en nuestro país.

Que la realización de este evento contribuirá con la promoción turística y el desarrollo económico de la región, con el objetivo de posicionar a nuestro país en los principales mercados internacionales.

Que han tomado intervención los servicios jurídicos competentes en virtud de lo dispuesto por el artículo 7°, inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y sus modificaciones.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 5°, inciso s) de la Ley N° 20.545, incorporado por el artículo 1º de la Ley N° 21.450 y mantenido por el artículo 4° de la Ley N° 22.792.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Exímese del pago del derecho de importación, del Impuesto al Valor Agregado (IVA), de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino que gravan la importación para consumo de gorras, remeras, llaveros, camperas, juguetes y demás elementos, originarios y procedentes de los países participantes en el evento deportivo “GRAN PREMIO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA MOTO GP 2022” que se desarrollará los días 1, 2 y 3 de abril de 2022 en el Autódromo de la Ciudad de Termas de Río Hondo, Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO, para su exhibición y comercialización en el mencionado evento, por un monto máximo de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETENTA Y CINCO MIL (USD 75.000), con carácter de excepción, tomando como base de cálculo valores FOB.

ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a que practique los controles pertinentes en el evento referenciado, con el objeto de que la mercadería ingresada con los beneficios establecidos en el artículo 1° del presente decreto sea destinada exclusivamente a los fines propuestos por la Ley N° 20.545 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 3°.- La presente medida comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Martín Guzmán - Matías Sebastián Kulfas

e. 01/04/2022 N° 20399/22 v. 01/04/2022

Fecha de publicación 01/04/2022