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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 536/2021

DI-2021-536-APN-DNRYRT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 30/12/2021

VISTO el Ex-2019-53294794-APN-DGDMT#MPYT del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976), Ley 23546 ( t.o. 2004) y

CONSIDERANDO:

Que bajo las páginas 3/5 del IF-2019-53418353-APN-DGDMT#MPYT y la pagina 1 del IF- 2019-57305339-APN-DNRYRT#MPYT, obran el Acuerdo y Acta complementaria celebrados entre la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA, por la parte sindical, y el HOSPITAL ALEMÁN ASOCIACIÓN CIVIL, por la empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 103/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004)

Que las precitadas partes procedieron a pactar una gratificación extraordinaria por única vez y nuevas condiciones económicas en relación a los viáticos y premio por asistencia y puntualidad, en los terminos y condiciones alli establecidos.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con el alcance de representación de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 ( t.o. 2004)

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que, una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, pasen las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a los fines de que, a través de la Dirección de Normativa Laboral y en virtud de la autorización efectuada mediante RESOL-2021-301-APN-ST#MT y su consecuente DI-2021-288-APN-DNRYRT#MT, se evalúe la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por la Decisión Administrativa DA-2019-182-APN-JGM.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º.- Declárese homologado el Acuerdo y acta complementaria celebrados entre la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA, por la parte sindical, y el HOSPITAL ALEMÁN ASOCIACIÓN CIVIL, por la empleadora, que lucen a páginas 3/5 del IF-2019-53418353-APN-DGDMT#MPYT y a pagina 1 IF- 2019-57305339-APN-DNRYRT#MPYT del presente expediente, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).

ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del Acuerdo y acta complementaria obrantes a páginas 3/5 del IF-2019--53418353-APN-DGDMT#MPYT y a página 1 del IF-2019-57305339-APN-DNRYRT#MPYT del presente expediente.

ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a los fines de que a través de la Dirección de Normativa Laboral se evalúe la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 103/75.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación, no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Gabriela Marcello

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/04/2022 N° 20353/22 v. 04/04/2022

Fecha de publicación 04/04/2022