Edición del
26 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 111/2022

DI-2022-111-APN-DNRYRT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 05/01/2022

VISTO el EX-2021-31789374- -APN-DGD#MTdel registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 23.546 (t.o.2004), y

CONSIDERANDO:

Que en las páginas 5 / 7 de la CD – 2021 – 31790880-APN-DGD#MT del EX-2021-31789374- -APN-DGD#MT obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE FRIGORIFICOS DE CARNE, por el sector gremial, y la COMPAÑÍA BERNAL SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en la página 13 de la CD – 2021 – 31790880-APN-DGD#MT del EX-2021-31789374- -APN-DGD#MT obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE FRIGORIFICOS DE CARNE, por el sector gremial, y la COMPAÑÍA BERNAL SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en la página 19 de la CD – 2021 – 31790880-APN-DGD#MT del EX-2021-31789374- -APN-DGD#MT obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE FRIGORIFICOS DE CARNE, por el sector gremial, y la COMPAÑÍA BERNAL SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en la página 23 de la CD – 2021 – 31790880-APN-DGD#MT del EX-2021-31789374- -APN-DGD#MT obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE FRIGORIFICOS DE CARNE, por el sector gremial, y la COMPAÑÍA BERNAL SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo los acuerdos de marras las partes convienen nuevas condiciones laborales en los términos allí estipulados.

Que las partes han procedido a aclarar el valor de la unidad contemplada en la cláusula segunda del acuerdo obrante en la página 23 de la CD – 2021 – 31790880-APN-DGD#MT.

Que los agentes negociales han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos y por ante esta Autoridad de Aplicación.

Que el ámbito de aplicación de los acuerdos se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la entidad sindical ha dado cumplimiento con lo normado por el artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de lo normado por la Decisión Administrativa DA-2019-182-APN-JGM.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Declárese homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE FRIGORIFICOS DE CARNE, por el sector gremial, y la COMPAÑÍA BERNAL SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, obrante en las páginas 5 / 7 de la CD – 2021 – 31790880-APN-DGD#MT del EX-2021-31789374- -APN-DGD#MT, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°.- Declárese homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE FRIGORIFICOS DE CARNE, por el sector gremial, y la COMPAÑÍA BERNAL SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, obrante en la página 13 de la CD – 2021 – 31790880-APN-DGD#MT del EX-2021-31789374- -APN-DGD#MT, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 3°.- Declárese homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE FRIGORIFICOS DE CARNE, por el sector gremial, y la COMPAÑÍA BERNAL SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, obrante en la página 19 de la CD – 2021 – 31790880-APN-DGD#MT del EX-2021-31789374- -APN-DGD#MT, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 4°.- Declárese homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE FRIGORIFICOS DE CARNE, por el sector gremial, y la COMPAÑÍA BERNAL SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, obrante en la página 23, conjuntamente con el acta aclaratoria consignada en la página 53, ambos de la CD – 2021 – 31790880-APN-DGD#MT del EX-2021-31789374- -APN-DGD#MT, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro de los acuerdos mencionados en los artículos 1°, 2°, 3° y 4° de la presente.

ARTÍCULO 6°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 7°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los acuerdos homologados y de esta Disposición, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese

Gabriela Marcello

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/04/2022 N° 20522/22 v. 06/04/2022

Fecha de publicación 06/04/2022