Edición del
19 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS

Resolución 45/2022

RESOL-2022-45-APN-ANMAC#MJ

Ciudad de Buenos Aires, 08/04/2022

VISTO el Expediente N° EX2021-60845225- -APN-DF#ANMAC, las prescripciones de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429 y la Ley N° 27.192; el Decreto N° 395 del 20 de febrero de 1975, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.192 crea la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS como un ente descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con autarquía económica financiera, personería jurídica propia y capacidad de actuación en el ámbito del derecho público y privado.

Que, conforme lo dispuesto por el artículo 5° inc. 3° de la citada norma, corresponde a la ANMaC efectuar la destrucción, con carácter exclusivo y excluyente en todo el territorio nacional, de todo material controlado en el marco de las leyes Nros. 20.429, 26.216, sus complementarias, modificatorias y prórrogas.

Que, en concordancia con ello, el art. 5 inc. 4 de la Ley N° 27.192 faculta a la ANMaC a determinar los métodos y procedimientos de destrucción de materiales controlados garantizando su eficacia, eficiencia y sustentabilidad en relación con el medio ambiente.

Que la Coordinación de control técnico y ensayos elaboró las Actas de Control de Existencias Nros. 00458/2021, 00466/2021, 00476/2021 y 00477/2021 mediante las cuales se incorporaron al módulo de administración de depósitos (MODADE) un total de 2.500,02 kg de municiones varias que se encontraban depositadas en el BANMAC.

Que se consideró que las municiones inventariadas se encontraban en mal estado de conservación, por lo cual procedió a solicitarse la colaboración de Fabricaciones Militares y del Departamento de Inteligencia Criminal Aeroportuaria (CEA-DICA) de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, quienes ratificaron, desde el punto de vista técnico, el mal estado de conservación del material, recomendando, a su vez, proceder a la destrucción de los mismos.

Que las Direcciones de Fiscalización y de Asuntos Jurídicos de esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 20.429 y 27.192 y el Decreto N° 496/2021.

Por ello,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Procédase a la destrucción por QUEMADO de 2.500,02 kg de municiones, cuyo detalle surge de las Actas de Control de Existencias Nros. 00458/2021, 00466/2021, 00476/2021 y 00477/2021.

ARTICULO 2°.- La destrucción será realizada por la DIRECCIÓN DE EXPLOSIVOS DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, debiendo la DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN de esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS destacar personal debidamente facultado para participar del procedimiento de destrucción, labrando las actas pertinentes.

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Natasa Loizou

e. 11/04/2022 N° 23144/22 v. 11/04/2022

Fecha de publicación 11/04/2022