AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 152/2022
RESOL-2022-152-APN-D#ARN
Ciudad de Buenos Aires, 08/04/2022
VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, lo actuado en el Expediente Electrónico N° 13894214/22 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, las Resoluciones del Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR N° 386/18 y N° 432/18, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.
Que el solicitante de un Permiso Individual para técnico en medicina nuclear debe aprobar alguna de las carreras cuyo temario es reconocido por la ARN como formación suficiente a dichos fines, conforme se estableció mediante Resolución del Directorio de la ARN N° 386/18.
Que a través del Artículo 2° de la Resolución del Directorio de la ARN N° 432/18 se consideró un plazo máximo de dos años para realizar los cursos de capacitación exigidos en la Resolución del Directorio de la ARN N° 386/18 y mediante la acreditación de su cumplimiento presentar las solicitudes de permisos individuales.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS ha informado en las presentes actuaciones, que las dificultades ocasionadas por la emergencia sanitaria (COVID-19- PANDEMIA) durante el 2020 y 2021 han obstaculizado dar cumplimiento, en término, a lo establecido en las Resoluciones del Directorio de la ARN N° 386/18 y N° 432/18, por lo cual recomienda ampliar el plazo para la presentación de solicitudes de permisos individuales del personal que se desempeña en instalaciones de medicina nuclear.
Que la ACTIVIDAD LICENCIAMIENTO DEL PERSONAL DE INSTALACIONES CLASE II y III y la SUBGERENCIA CONTROL DE APLICACIONES MÉDICAS han tomado la intervención que les compete.
Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.
Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en los Artículo 16, Inciso c) y 22 inciso a) de la Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión de fecha 23 de marzo de 2022 (Acta N° 12),
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1°.- Derogar el Artículo 2° de la Resolución del Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR N° 432/18.
ARTÍCULO 2°.- Establecer que las presentaciones de solicitudes para la obtención de Permisos Individuales de las personas que aprobaron un curso que contenga el temario de contenidos reconocidos a través de la Resolución del Directorio de la ARN N° 386/18 y que cumplan con las condiciones para ser consideradas “Técnicos Idóneos” en Medicina Nuclear del Anexo de la Resolución del Directorio de la ARN N° 432/18 podrán ser presentadas hasta la fecha límite de 31 de diciembre de 2022.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS - ACTIVIDAD LICENCIAMIENTO DE PERSONAL DE INSTALACIONES CLASE II y III y al CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR). Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.
Agustin Arbor Gonzalez
e. 18/04/2022 N° 24205/22 v. 18/04/2022
Fecha de publicación 18/04/2022