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Primera sección


MINISTERIO DE TRANSPORTE JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE

Resolución 91/2022

RESOL-2022-91-APN-JST#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 18/04/2022

VISTO el Expediente N° EX-2020-85325179-APN-JST#MTR, la Resolución N° RESOL-2022-90-APN-JST#MTR de la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE de fecha 4 de abril de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que, a través del expediente citado en el Visto, recayó la Resolución N° RESOL-2022-90-APN-JST#MTR con fecha 4 de abril de 2022, por la cual fue aprobada la enmienda al texto de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL, Parte 13 (RAAC 13).

Que, debido a un error material e involuntario, en la lista de verificación de páginas del texto aprobado de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL Parte 13 (RAAC 13), identificado bajo el IF-2022-26629900-APN-DNISAE#JST, se omitió consignar la fecha de revisión de la Subparte D y el Apéndice A, obrantes en la página 4 del citado documento.

Que el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759 T.O. 2017, establece que: (…) En cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión (…).

Que, conforme a la norma transcripta, la rectificación procede de oficio en cualquier momento y sin más trámite, para la subsanación de errores materiales siempre que no se altere la sustancia del acto administrativo, tal lo menciona calificada doctrina en materia de derecho administrativo (v. Cassagne Juan Carlos, Curso de Derecho Administrativo, Tomo II, Ed. Thomson Reuters – La Ley, versión on line, Ebook-11 edición actualizada, Buenos Aires, 2016).

Que, atendiendo a las razones expuestas, corresponde sustituir el ANEXO I (IF-2022-26629900-APN-DNISAE#JST) - aprobado a través del Artículo 2° de la Resolución N° RESOL-2022-90-APN-JST#MTR - por un nuevo documento, con la finalidad de completar las fechas de revisión omitidas involuntariamente en la página 4 de dicho texto.

Que, toda vez que, la rectificación de los errores materiales o de hecho y los aritméticos, pueden realizarse en cualquier momento, siempre y cuando la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión, se considera que la presente no amerita la intervención previa del servicio permanente de asesoramiento jurídico de esta jurisdicción – el cual intervino previo a la firma de la Resolución N° RESOL-2022-90-APN-JST#MTR - en los términos del artículo 7° inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y sus modificatorias.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en la Ley N° 27.514 y en el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. - Rectifíquese el error material e involuntario contenido en la lista de verificación de páginas del texto de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL, Parte 13 (RAAC 13), aprobado por el Artículo 2° de la Resolución RESOL-2022-90-APN-JST#MTR de fecha 4 de abril de 2022, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 2°.- Apruébase la modificación del texto de la Parte 13 de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC), bajo el título “INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL”, identificado bajo el IF-2022-33689279-APN-DNISAE#JST que, como ANEXO I, forma parte integrante del presente acto.”

ARTÍCULO 2°. - Consérvense los demás extremos de la Resolución N° RESOL-2022-90-APN-JST#MTR de fecha 4 de abril de 2022 de la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE.

ARTÍCULO 3°. - Notifíquese a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) para su conocimiento, publicación en su página web y posterior comunicación a la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI) de la modificación realizada en el texto de la Parte 13 de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC),

ARTÍCULO 4°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Julian Obaid

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 20/04/2022 N° 25434/22 v. 20/04/2022

Fecha de publicación 20/04/2022