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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 159/2022

RESOL-2022-159-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 19/04/2022

VISTO el Expediente Electrónico EX-2021-125772064-APN-SG#ARN, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Ley N° 19.549 y sus reglamentaciones, el Decreto N° 1178/02, las Resoluciones del Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR N° 24/99, N° 63/99, N° 75/99 y N° 32/02, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 8° de la Ley N° 24.804 establece que la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) desarrollará las funciones de regulación y control con los fines de proteger a las personas contra los efectos nocivos de las radiaciones ionizantes, velar por la seguridad radiológica y nuclear en las actividades nucleares, asegurar que dichas actividades no sean desarrolladas con fines no autorizados por la referida Ley, las normas que en su consecuencia se dicten, los compromisos internacionales y las políticas de no proliferación nuclear, y prevenir la comisión de actos intencionales que puedan conducir a consecuencias radiológicas o al retiro no autorizado de materiales nucleares u otros materiales o equipos sujetos a regulación y control.

Que conforme a lo establecido en el Artículo 16, Inciso g) de la Ley N° 24.804, entre las facultades de la ARN se encuentra la de aplicar sanciones, las que deberán graduarse según la gravedad de la falta en apercibimiento, multa que deberá ser aplicada en forma proporcional a la severidad de la infracción y en función de la potencialidad del daño, suspensión de una licencia, permiso o autorización o su revocación y que dichas sanciones serán apelables al solo efecto devolutivo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

Que el Artículo 16, Inciso g) de la Ley N° 24.804, reglamentado por el Decreto N° 1390/98 y el Decreto N° 1178/02, facultó a la ARN, a dictar los regímenes de sanciones por incumplimiento de las normas regulatorias referidas a las materias de su competencia, y a modificarlos toda vez que las circunstancias lo requieran.

Que de acuerdo a lo antedicho, la ARN aprobó los siguientes Regímenes de Sanciones; el Régimen de Centrales Nucleares a través de la Resolución del Directorio de la ARN N° 63/99, el Régimen por Incumplimiento de las Normas de Seguridad Radiológica y Nuclear, Protección Física, Salvaguardias y no Proliferación Nuclear en Instalaciones Relevantes, aprobado por Resolución del Directorio de la ARN N° 24/99, y el Régimen de Sanciones para Instalaciones Clases II y III, Prácticas No Rutinarias y Transporte de Materiales Radiactivos, aprobado por Resolución del Directorio de la ARN N° 32/02.

Que el Artículo 16, Inciso h) de la ley N° 24.804 determina la facultad de la ARN para establecer los procedimientos para la aplicación de sanciones que correspondan por la violación de normas que dicte en ejercicio de su competencia, asegurando el principio del debido proceso.

Que a fin de implementar lo dispuesto en los citados Regímenes de Sanciones, y en el marco de lo previsto en el Artículo 16, Incisos g) y h) de la Ley N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, se dictó la Resolución del Directorio de la ARN N° 75/99 que puso en vigencia el “Procedimiento para la Aplicación de Sanciones por Incumplimiento de las Normas de Seguridad Radiológica en las Aplicaciones de la Energía Nuclear a la Medicina, al Agro, a la Industria y a la Investigación y Docencia, y de Seguridad Radiológica y Nuclear, Protección Física y Salvaguardias en centrales nucleares y otras instalaciones nucleares relevantes”.

Que resulta necesario y conveniente actualizar el procedimiento aprobado en la Resolución ARN N° 75/99 y aprobar un nuevo Procedimiento que reemplace al actualmente vigente.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, la GERENCIA LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES y la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 16, Incisos g) y h) de la Ley N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98.

Por ello, en su reunión de fecha 13 de abril de 2022 (Acta N° 15)

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Deróguese la Resolución del Presidente del Directorio de la ARN N° 75 de fecha 17 de mayo de 1999, a partir la firma de la presente.

ARTÍCULO 2 °.- Apruébese el “Procedimiento de Investigación por incumplimiento a las normas regulatorias en materia de seguridad radiológica, física y salvaguardias” y el “Criterio para la aplicación de sanciones”, que como Anexos I y II forman parte integrante de la presente Resolución, que la ARN pondrá en vigencia a partir de la firma de la presente.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL y a las GERENCIAS SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y LICENCIAMIENTO y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.

Agustin Arbor Gonzalez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/04/2022 N° 25802/22 v. 21/04/2022

Fecha de publicación 21/04/2022